/ jueves 3 de agosto de 2023

SLP contará con mecanismos de atención para personas en situación vulnerabilidad

Se integrará a este grupo de personas en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado

Con el objetivo de fortalecer el trabajo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Congreso del Estado aprobó modificaciones a la legislación del organismo, a fin de integrar a personas o grupos de personas de atención prioritaria.

La iniciativa fue presentada por la diputada Bernarda Reyes Hernández, con lo cual se integra en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado, a la persona o grupos de personas en situación de vulnerabilidad, entendidos como aquellas personas quienes, por razón de su edad, género, orientación sexual e identidad de género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, o relacionadas con sus creencias y/o prácticas religiosas, o la ausencia de estas encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.

Se indica que podrán constituir causas de vulnerabilidad, entre otras: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas, a otras diversidades étnicas – culturales, entre ellas las personas afrodescendientes, así como la victimización, la migración, la condición de refugio y el desplazamiento interno, la pobreza, el género, la orientación sexual e identidad de género y la privación de libertad.

En su exposición de motivos, se indica que se debe reconocer la evidencia de que en todo el país y, especialmente en San Luis Potosí, existen grupos de población que enfrentan dificultades para el pleno ejercicio de sus derechos humanos, y que constantemente son víctimas de actos de discriminación, exclusión y violencia, para garantizar, a partir de este reconocimiento, su atención preferente, a fin de que puedan gozar efectivamente del pleno ejercicio de sus derechos, y se eliminen progresivamente las barreras que impiden la realización de sus derechos y alcancen su inclusión efectiva en la sociedad.

Además, y en alcance por lo establecido en los instrumentos internacionales como lo son el Sistema Universal de protección a los Derechos Humanos, y el Sistema Interamericano que reconocen las 100 reglas de Brasilia, como el instrumento que reconoce, enuncia y conceptualiza quiénes son las personas en situación de vulnerabilidad.

Se indica que la integración de grupos de atención prioritaria obliga a las autoridades a contar con mecanismos para brindarles atención bajo un enfoque diferenciado, así como a incorporar una perspectiva de derechos humanos en la protección y garantía de los derechos de las víctimas, desde el diseño de las políticas públicas de trato preferente hasta la creación normativa y el actuar institucional con base en la igualdad estructural.

Con el objetivo de fortalecer el trabajo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, el Congreso del Estado aprobó modificaciones a la legislación del organismo, a fin de integrar a personas o grupos de personas de atención prioritaria.

La iniciativa fue presentada por la diputada Bernarda Reyes Hernández, con lo cual se integra en la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado, a la persona o grupos de personas en situación de vulnerabilidad, entendidos como aquellas personas quienes, por razón de su edad, género, orientación sexual e identidad de género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, o relacionadas con sus creencias y/o prácticas religiosas, o la ausencia de estas encuentran especiales dificultades para ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico.

Se indica que podrán constituir causas de vulnerabilidad, entre otras: la edad, la discapacidad, la pertenencia a comunidades indígenas, a otras diversidades étnicas – culturales, entre ellas las personas afrodescendientes, así como la victimización, la migración, la condición de refugio y el desplazamiento interno, la pobreza, el género, la orientación sexual e identidad de género y la privación de libertad.

En su exposición de motivos, se indica que se debe reconocer la evidencia de que en todo el país y, especialmente en San Luis Potosí, existen grupos de población que enfrentan dificultades para el pleno ejercicio de sus derechos humanos, y que constantemente son víctimas de actos de discriminación, exclusión y violencia, para garantizar, a partir de este reconocimiento, su atención preferente, a fin de que puedan gozar efectivamente del pleno ejercicio de sus derechos, y se eliminen progresivamente las barreras que impiden la realización de sus derechos y alcancen su inclusión efectiva en la sociedad.

Además, y en alcance por lo establecido en los instrumentos internacionales como lo son el Sistema Universal de protección a los Derechos Humanos, y el Sistema Interamericano que reconocen las 100 reglas de Brasilia, como el instrumento que reconoce, enuncia y conceptualiza quiénes son las personas en situación de vulnerabilidad.

Se indica que la integración de grupos de atención prioritaria obliga a las autoridades a contar con mecanismos para brindarles atención bajo un enfoque diferenciado, así como a incorporar una perspectiva de derechos humanos en la protección y garantía de los derechos de las víctimas, desde el diseño de las políticas públicas de trato preferente hasta la creación normativa y el actuar institucional con base en la igualdad estructural.

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