/ jueves 1 de septiembre de 2022

De avanzada, Ley de Protección a los Animales en SLP

Nuevas iniciativas se encuentran en análisis, para sancionar el maltrato, el abuso y otros actos que cometen los seres humanos en su contra

La Ley de Protección a los Animales de San Luis Potosí es de las más avanzada en el país y se seguirá enriqueciendo con nuevas iniciativas que se encuentran en análisis en comisiones, para sancionar el maltrato, el abuso y otros actos que cometen los seres humanos en su contra.

Establece que queda prohibida la presencia de menores de edad en al acto de sacrificar animales. No se deberá sacrificar animales por medio de, veneno, horca, golpes, ácidos, estricnina, morfina, cianuro, arsénico u otras substancias similares; ni de cualquier otra manera que genere su agonía o sufrimiento.

Quien infrinja esta disposición, se hará acreedor a una multa 50 a 100 días de UMA, sin perjuicio de las responsabilidades penales.

No se permite la mutilación injustificada de animales, incluido el corte de cola, orejas, extirpación de uñas, corte de cuerdas vocales o alguna parte de su cuerpo por razones estéticas; para llevarlo a efecto, se deberá presentar una justificación médica, por causa necesaria para salvaguardar la salud del animal.

La reforma más reciente que aprobó el Poder Legislativo en Marzo de este año, establece que queda prohibido el abandono de cualquier animal. Quien sea sorprendido en ello, se le impondrá una multa de 20 a 200 días de UMA; sin perjuicio de la sanción penal correspondiente.

Se sancionará con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente, a quienes cometan los siguientes actos: I. Ocasionar la muerte intencional por cualquier medio, que produzca agonía al animal, causándole sufrimiento; mutilar al animal, sin las medidas indoloras necesarias; por negligencia o crueldad; Privar de aire, luz, alimento, bebida, espacio adecuado y suficiente al animal de que se trate; hostigar o maltratar a cualquier animal.

En la pasada Legislatura, la diputada Beatriz Benavente Rodríguez presentó una iniciativa que aprobó el Pleno para puntualizar las acciones a realizar por parte de los seres humanos, en materia de atención y trato digno a las mascotas.

Se debe suministrar a las mascotas, conforme a su especie, atención médica preventiva y, en caso de enfermedad, brindar la atención médica ordenada por un médico veterinario previa valoración.

Además, se deberán de adoptar las medidas necesarias para garantizar el trato digno y con respeto, atendiendo a lo establecido en los Tratados Internacionales, las normas ambientales y las normas oficiales mexicanas para evitar dolor, deterioro físico o sufrimiento, durante su posesión o propiedad, así como en el adiestramiento o sacrificio.

En esta Legislatura, la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, presentó iniciativa que modifica la Ley de Protección a los Animales para el Estado, con el objetivo de robustecer el alcance y facultades de cada una de las Secretarías que tienen injerencia dentro de los temas de protección animal, para con ello fortalecer el marco normativo.

La propuesta establece que corresponde a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental y a los Municipios, promover y difundir una cultura de bienestar, responsabilidad, respeto, trato digno y protección animal. Así como presentar denuncias ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cuando detecte violaciones a las leyes federales de la materia y elaborar y proponer al titular del Poder Ejecutivo del Estado la norma técnica estatal que establezca las especificaciones para la instalación y operación de Albergues de Animales Domésticos.

La ley también sanciona a quien tenga mascotas en las azoteas, a quien maltrate animales mediante cualquier método, a quien los utilice para trabajos pesados o para espectáculos circenses, entre otras medidas.

La Ley de Protección a los Animales de San Luis Potosí es de las más avanzada en el país y se seguirá enriqueciendo con nuevas iniciativas que se encuentran en análisis en comisiones, para sancionar el maltrato, el abuso y otros actos que cometen los seres humanos en su contra.

Establece que queda prohibida la presencia de menores de edad en al acto de sacrificar animales. No se deberá sacrificar animales por medio de, veneno, horca, golpes, ácidos, estricnina, morfina, cianuro, arsénico u otras substancias similares; ni de cualquier otra manera que genere su agonía o sufrimiento.

Quien infrinja esta disposición, se hará acreedor a una multa 50 a 100 días de UMA, sin perjuicio de las responsabilidades penales.

No se permite la mutilación injustificada de animales, incluido el corte de cola, orejas, extirpación de uñas, corte de cuerdas vocales o alguna parte de su cuerpo por razones estéticas; para llevarlo a efecto, se deberá presentar una justificación médica, por causa necesaria para salvaguardar la salud del animal.

La reforma más reciente que aprobó el Poder Legislativo en Marzo de este año, establece que queda prohibido el abandono de cualquier animal. Quien sea sorprendido en ello, se le impondrá una multa de 20 a 200 días de UMA; sin perjuicio de la sanción penal correspondiente.

Se sancionará con multa de tres hasta ciento veinte días del valor de la unidad de medida y actualización vigente, a quienes cometan los siguientes actos: I. Ocasionar la muerte intencional por cualquier medio, que produzca agonía al animal, causándole sufrimiento; mutilar al animal, sin las medidas indoloras necesarias; por negligencia o crueldad; Privar de aire, luz, alimento, bebida, espacio adecuado y suficiente al animal de que se trate; hostigar o maltratar a cualquier animal.

En la pasada Legislatura, la diputada Beatriz Benavente Rodríguez presentó una iniciativa que aprobó el Pleno para puntualizar las acciones a realizar por parte de los seres humanos, en materia de atención y trato digno a las mascotas.

Se debe suministrar a las mascotas, conforme a su especie, atención médica preventiva y, en caso de enfermedad, brindar la atención médica ordenada por un médico veterinario previa valoración.

Además, se deberán de adoptar las medidas necesarias para garantizar el trato digno y con respeto, atendiendo a lo establecido en los Tratados Internacionales, las normas ambientales y las normas oficiales mexicanas para evitar dolor, deterioro físico o sufrimiento, durante su posesión o propiedad, así como en el adiestramiento o sacrificio.

En esta Legislatura, la diputada Martha Patricia Aradillas Aradillas, presentó iniciativa que modifica la Ley de Protección a los Animales para el Estado, con el objetivo de robustecer el alcance y facultades de cada una de las Secretarías que tienen injerencia dentro de los temas de protección animal, para con ello fortalecer el marco normativo.

La propuesta establece que corresponde a la Secretaría de Ecología y Gestión Ambiental y a los Municipios, promover y difundir una cultura de bienestar, responsabilidad, respeto, trato digno y protección animal. Así como presentar denuncias ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente cuando detecte violaciones a las leyes federales de la materia y elaborar y proponer al titular del Poder Ejecutivo del Estado la norma técnica estatal que establezca las especificaciones para la instalación y operación de Albergues de Animales Domésticos.

La ley también sanciona a quien tenga mascotas en las azoteas, a quien maltrate animales mediante cualquier método, a quien los utilice para trabajos pesados o para espectáculos circenses, entre otras medidas.

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