/ domingo 29 de enero de 2023

Cada vez son más los establecimientos que presentarán amparos contra Ley Antitabaco

Negocios han acatado el reglamento, "no significa que se van a quedar de brazos cruzados"

El reglamento de la ley antitabaco no solamente afecta el libre desarrollo de la actividad comercial, sino también el derecho al libre desarrollo de las personas, señaló Roberto Arturo Pinto Madrid, presidente de la Asociación de Empresarios del Entretenimiento y Restauración Alimentaria, que también están en vías de presentar amparos contra el reglamento.

Pinto Madrid indicó que a raíz de la entrada en vigor del reglamento de la ley antitabaco el pasado 15 de enero, los establecimientos tuvieron que prohibir a los comensales el consumo de tabaco en sus instalaciones, situación que ha generado molestia, aunque señaló que tampoco han dejado de fumar, pues salen a las banquetas para hacerlo.

Mencionó que si bien los negocios han acatado el reglamento, "no significa que nos vamos a quedar de brazos cruzados", pues al igual que los restaurantes, planean presentar amparos contra el reglamento, ya que dijo, "establece supuestos que ni la misma ley contempla".

Como ejemplo señaló que el reglamento pide que las áreas de fumar deben estar 100% al aire libre, a 10 metros de distancia de las mesas, y no deben exceder 10% de las dimensiones del establecimiento, condiciones que son prácticamente imposibles de cumplir para la mayoría de los negocios, situación que les resta competitividad, además de que le quita la utilidad a la inversión que fueron obligados a realizar hace poco, cuando se les pidió contar con infraestructura, mobiliario y tecnología para las áreas de fumar.

Explicó que las áreas de fumar cuentan con sistema de presurización para evitar que el humo salga al exterior, tienen ceniceros específicos que succionan emisiones que pudieran escaparse, y sistemas de inyección y extracción del aire que miden la calidad del mismo, "si queremos ayudar al planeta no es haciendo emisiones al aire libre; que se usen tecnologías para generar mejor calidad del aire con filtraciones en las áreas de fumadores".

Destacó que además de afectar la actividad comercial, el reglamento coarta el derecho al libre desarrollo de las personas que por voluntad propia deciden fumar, "dice que no se puede combinar bebidas y alimentos en las áreas de fumar, quiere decir que una persona que fuma no tiene derecho de estar en un establecimiento consumiendo bebidas y alimentos".

También mencionó el caso de las tienditas, en donde se prohibió que sean exhibidos los cigarros o que haya publicidad de éstos, cuando al mismo tiempo "sí se pueden promocionar los productos considerados por unas leyes como delito contra la salud (con componentes de marihuana) y el cigarro que es legal no puede ser exhibido".

Agregó que además, las leyes estatales no se han alineado con el reglamento nacional de la ley antitabaco, por lo que los ordenamientos de los estados contradicen al nacional, y acusó que al Sector Salud "le urge que reglamento sea aplicado por los empresarios" ya que en el sector público no tienen infraestructura para la prevención de las adicciones ni recursos para invertir en clínicas destinadas a atender los efectos del consumo de tabaco y la nicotina".

Pinto Madrid indicó que por ahora no se ha presentado ningún amparo ya que deben ser bien planteados para reclamar la inconstitucionalidad del reglamento, y tienen como plazo hasta el 24 de febrero, aunque en caso de haber actos de molestia o posibles clausuras derivado del reglamento, los negocios afectados pueden presentar el recurso legal antes de esa fecha, "confiamos en que los tribunales actuarán con independencia para aplicar un criterio de equidad y respeto a la ley y los derechos de las personas".

El reglamento de la ley antitabaco no solamente afecta el libre desarrollo de la actividad comercial, sino también el derecho al libre desarrollo de las personas, señaló Roberto Arturo Pinto Madrid, presidente de la Asociación de Empresarios del Entretenimiento y Restauración Alimentaria, que también están en vías de presentar amparos contra el reglamento.

Pinto Madrid indicó que a raíz de la entrada en vigor del reglamento de la ley antitabaco el pasado 15 de enero, los establecimientos tuvieron que prohibir a los comensales el consumo de tabaco en sus instalaciones, situación que ha generado molestia, aunque señaló que tampoco han dejado de fumar, pues salen a las banquetas para hacerlo.

Mencionó que si bien los negocios han acatado el reglamento, "no significa que nos vamos a quedar de brazos cruzados", pues al igual que los restaurantes, planean presentar amparos contra el reglamento, ya que dijo, "establece supuestos que ni la misma ley contempla".

Como ejemplo señaló que el reglamento pide que las áreas de fumar deben estar 100% al aire libre, a 10 metros de distancia de las mesas, y no deben exceder 10% de las dimensiones del establecimiento, condiciones que son prácticamente imposibles de cumplir para la mayoría de los negocios, situación que les resta competitividad, además de que le quita la utilidad a la inversión que fueron obligados a realizar hace poco, cuando se les pidió contar con infraestructura, mobiliario y tecnología para las áreas de fumar.

Explicó que las áreas de fumar cuentan con sistema de presurización para evitar que el humo salga al exterior, tienen ceniceros específicos que succionan emisiones que pudieran escaparse, y sistemas de inyección y extracción del aire que miden la calidad del mismo, "si queremos ayudar al planeta no es haciendo emisiones al aire libre; que se usen tecnologías para generar mejor calidad del aire con filtraciones en las áreas de fumadores".

Destacó que además de afectar la actividad comercial, el reglamento coarta el derecho al libre desarrollo de las personas que por voluntad propia deciden fumar, "dice que no se puede combinar bebidas y alimentos en las áreas de fumar, quiere decir que una persona que fuma no tiene derecho de estar en un establecimiento consumiendo bebidas y alimentos".

También mencionó el caso de las tienditas, en donde se prohibió que sean exhibidos los cigarros o que haya publicidad de éstos, cuando al mismo tiempo "sí se pueden promocionar los productos considerados por unas leyes como delito contra la salud (con componentes de marihuana) y el cigarro que es legal no puede ser exhibido".

Agregó que además, las leyes estatales no se han alineado con el reglamento nacional de la ley antitabaco, por lo que los ordenamientos de los estados contradicen al nacional, y acusó que al Sector Salud "le urge que reglamento sea aplicado por los empresarios" ya que en el sector público no tienen infraestructura para la prevención de las adicciones ni recursos para invertir en clínicas destinadas a atender los efectos del consumo de tabaco y la nicotina".

Pinto Madrid indicó que por ahora no se ha presentado ningún amparo ya que deben ser bien planteados para reclamar la inconstitucionalidad del reglamento, y tienen como plazo hasta el 24 de febrero, aunque en caso de haber actos de molestia o posibles clausuras derivado del reglamento, los negocios afectados pueden presentar el recurso legal antes de esa fecha, "confiamos en que los tribunales actuarán con independencia para aplicar un criterio de equidad y respeto a la ley y los derechos de las personas".

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