/ viernes 25 de octubre de 2019

Tribunal defiende a Javier Duarte con amparo por uso de un helicóptero

El amparo deja sin efectos el auto de vinculación a proceso del 20 de mayo de este año, respecto del delito tráfico de influencia

El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal concedió un amparo al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, contra la vinculación a proceso y la prisión preventiva por delitos de tráfico de influencias e incumplimiento al deber legal, esto al haber usado un helicóptero oficial, cuando se separó del cargo, en el que presuntamente evadió la acción de la justicia.

Ante esto, los magistrados ordenaron al juez de control del Sistema Penal Acusatorio adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Ocho del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso del 20 de mayo de este año, respecto del delito tráfico de influencia.

Por lo anterior, ordenó emitir otro con plenitud de jurisdicción y resolver oralmente en audiencia a partir de lo discutido por la defensa del ex gobernador de Veracruz, la imputación ministerial, y con los datos de prueba expuestos, sin dejar de resolver todos los planteamientos de la defensa, para lo cual deberá dejar intocada la vinculación a proceso por el delito de Incumplimiento del deber legal.

Además, se deberá dejar sin efectos la medida cautelar dictada contra de Duarte de Ochoa, en la audiencia de fijación de medidas, y con plenitud de jurisdicción resuelva oralmente lo que proceda, fundado y motivadamente, como lo exige el artículo 16 constitucional, para restituir al ex gobernador veracruzano en el pleno goce de este derecho violado, constriñéndose a lo argumentado por la fiscalía.

El Tribunal argumentó que el juez de control vinculó a proceso a Duarte de Ochoa sin “desentrañar” su verdadera participación en la probable comisión del delito de tráfico de influencia, porque tan sólo partió de que el quejoso uso el helicóptero de forma personal, pero no se pronunció respecto a si el quejoso conservaba su calidad de servidor público a pesar de que gozaba de una licencia.

Respecto a la medida cautelar de prisión preventiva, el órgano jurisdiccional consideró que el juez no respetó las reglas establecidas en la legislación adjetiva, para fijar ésta, por lo cual, contravino el principio de legalidad contenido en el artículo 16 constitucional, que exige que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado adecuadamente.

El Primer Tribunal Colegiado en materia Penal concedió un amparo al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, contra la vinculación a proceso y la prisión preventiva por delitos de tráfico de influencias e incumplimiento al deber legal, esto al haber usado un helicóptero oficial, cuando se separó del cargo, en el que presuntamente evadió la acción de la justicia.

Ante esto, los magistrados ordenaron al juez de control del Sistema Penal Acusatorio adscrito a la Unidad de Gestión Judicial Número Ocho del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), dejar sin efectos el auto de vinculación a proceso del 20 de mayo de este año, respecto del delito tráfico de influencia.

Por lo anterior, ordenó emitir otro con plenitud de jurisdicción y resolver oralmente en audiencia a partir de lo discutido por la defensa del ex gobernador de Veracruz, la imputación ministerial, y con los datos de prueba expuestos, sin dejar de resolver todos los planteamientos de la defensa, para lo cual deberá dejar intocada la vinculación a proceso por el delito de Incumplimiento del deber legal.

Además, se deberá dejar sin efectos la medida cautelar dictada contra de Duarte de Ochoa, en la audiencia de fijación de medidas, y con plenitud de jurisdicción resuelva oralmente lo que proceda, fundado y motivadamente, como lo exige el artículo 16 constitucional, para restituir al ex gobernador veracruzano en el pleno goce de este derecho violado, constriñéndose a lo argumentado por la fiscalía.

El Tribunal argumentó que el juez de control vinculó a proceso a Duarte de Ochoa sin “desentrañar” su verdadera participación en la probable comisión del delito de tráfico de influencia, porque tan sólo partió de que el quejoso uso el helicóptero de forma personal, pero no se pronunció respecto a si el quejoso conservaba su calidad de servidor público a pesar de que gozaba de una licencia.

Respecto a la medida cautelar de prisión preventiva, el órgano jurisdiccional consideró que el juez no respetó las reglas establecidas en la legislación adjetiva, para fijar ésta, por lo cual, contravino el principio de legalidad contenido en el artículo 16 constitucional, que exige que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado adecuadamente.

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