El diputado Oscar Vera Fábregat dijo que los recién nacidos no deben ser señalados en su acta de nacimiento con las palabras "hijo legítimo", "hijo natural", "hijo ilegítimo", "hijo de padres desconocidos", "hijo de padre desconocido", "hijo de madre desconocida", o "habido como consecuencia de cualquier método de fecundación humana asistida".
Hacer esto es incurrir en la discriminación por razones de origen, de tal manera que es necesario reformar el Código Civil del Estado para que estas calificaciones se testen de oficio, de manera que queden ilegibles.
El Oficial del Registro Civil que inserte en el acta alguna de estas menciones será sancionado, la primera vez con una multa por el equivalente a treinta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, y la segunda con destitución del cargo.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) que establece que “todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón”; 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966) que dispone que “todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley.
La iniciativa resulta relevante porque de acuerdo a la última de las convenciones invocadas, los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares, a la luz del interés superior del menor, y no de los formalismos excesivos que podrían surgir cuando se haga el estudio de la propuesta.
La iniciativa del legislador se turnó a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, Igualdad y Género para su análisis corres