/ jueves 4 de noviembre de 2021

Las body cam en los policías deben acompañase con videovigilancia en las patrullas: Especialista

Salazar Soni destacó que se debe colocar el mismo equipo en las patrullas para tener un circuito cerrado y que los elementos deberían remplazar portar armas de fuego por armas no letales

La implementación de las cámaras corporales en los policías municipales, tiene que ir acompañado del mismo equipo de videovigilancia en las patrullas, señaló Francisco Salazar Soni, abogado especialista en temas de seguridad.

Luego de que el Presidente Municipal de San Luis Potosí anunció una estrategia a mediano plazo que contempla la implementación de "body cam" o cámaras corporales en los policías municipales, Salazar Soni señaló que "las cámaras corporales han sido fundamentales en el desempeño de la actividad policial en todo el mundo, en México apenas están empezando las autoridades a reconocer la importancia de la tecnología en la función policial, principalmente a nivel municipal".

Explicó que las cámaras corporales son un mecanismo de protección para los policías y para los ciudadanos; para los oficiales, porque pueden utilizarlas como evidencia cuando se ven inmiscuidos en alguna situación donde tienen que hacer uso de la fuerza pública, y para la ciudadanía porque inhibe conductas de corrupción y obliga a una actuación apegada a Derecho.

Destacó que estas cámaras no pueden ser alteradas o manipuladas por los policías, no pueden borrar lo que graban, además de que si se implementa la tecnología completa, pueden realizar transmisiones en tiempo real, de manera que si un oficial acude a prestar auxilio por ejemplo en un reporte de ataque armado, el jefe de la policía o mando operativo, puede ver lo que sucede desde un centro de monitoreo.

Mencionó que no se requiere capacitación para que los oficiales porten las cámaras corporales ni se requieren modificaciones a leyes o reglamentos, pues este tipo de implementos ya están contemplados en la Ley Nacional del Uso de la Fuerza.

Salazar Soni destacó que las cámaras deben contar con suficiente capacidad de grabación para generar buenos resultados, "porque si van a estar grabando y luego van a borrar todo, o no se compra el paquete completo, no tendría ningún caso".

En ese sentido, dijo considerar que además de las cámaras corporales, se debe colocar el mismo equipo en las patrullas para tener un circuito cerrado, además de dotar a los oficiales de armas no letales, ya que son policías de proximidad, "la policía municipal no tiene porqué portar armas de fuego sino armas no letales, paralizantes de descarga eléctrica, eso también ayudaría, le daría un enfoque más proactivo y una nueva imagen".

Indicó que las armas incapacitantes o no letales, también están contempladas en la ley, y que por ejemplo, en municipios de Nuevo León como San Pedro, las corporaciones municipales ya están equipadas con cámaras corporales, cámaras en las patrullas y armas no letales.

La implementación de las cámaras corporales en los policías municipales, tiene que ir acompañado del mismo equipo de videovigilancia en las patrullas, señaló Francisco Salazar Soni, abogado especialista en temas de seguridad.

Luego de que el Presidente Municipal de San Luis Potosí anunció una estrategia a mediano plazo que contempla la implementación de "body cam" o cámaras corporales en los policías municipales, Salazar Soni señaló que "las cámaras corporales han sido fundamentales en el desempeño de la actividad policial en todo el mundo, en México apenas están empezando las autoridades a reconocer la importancia de la tecnología en la función policial, principalmente a nivel municipal".

Explicó que las cámaras corporales son un mecanismo de protección para los policías y para los ciudadanos; para los oficiales, porque pueden utilizarlas como evidencia cuando se ven inmiscuidos en alguna situación donde tienen que hacer uso de la fuerza pública, y para la ciudadanía porque inhibe conductas de corrupción y obliga a una actuación apegada a Derecho.

Destacó que estas cámaras no pueden ser alteradas o manipuladas por los policías, no pueden borrar lo que graban, además de que si se implementa la tecnología completa, pueden realizar transmisiones en tiempo real, de manera que si un oficial acude a prestar auxilio por ejemplo en un reporte de ataque armado, el jefe de la policía o mando operativo, puede ver lo que sucede desde un centro de monitoreo.

Mencionó que no se requiere capacitación para que los oficiales porten las cámaras corporales ni se requieren modificaciones a leyes o reglamentos, pues este tipo de implementos ya están contemplados en la Ley Nacional del Uso de la Fuerza.

Salazar Soni destacó que las cámaras deben contar con suficiente capacidad de grabación para generar buenos resultados, "porque si van a estar grabando y luego van a borrar todo, o no se compra el paquete completo, no tendría ningún caso".

En ese sentido, dijo considerar que además de las cámaras corporales, se debe colocar el mismo equipo en las patrullas para tener un circuito cerrado, además de dotar a los oficiales de armas no letales, ya que son policías de proximidad, "la policía municipal no tiene porqué portar armas de fuego sino armas no letales, paralizantes de descarga eléctrica, eso también ayudaría, le daría un enfoque más proactivo y una nueva imagen".

Indicó que las armas incapacitantes o no letales, también están contempladas en la ley, y que por ejemplo, en municipios de Nuevo León como San Pedro, las corporaciones municipales ya están equipadas con cámaras corporales, cámaras en las patrullas y armas no letales.

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