/ domingo 5 de septiembre de 2021

TECA tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio

Se le dota de autonomía técnica, de gestión, y en el dictado de sus fallos y con la facultad jurisdiccional para resolver las controversias suscitadas entre instituciones públicas

El Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, informó el legislador Ricardo Villareal Loo, luego de que la Comisión de Hacienda del Estado de la LXII Legislatura, reformara el artículo 131 el párrafo segundo de la Constitución Política del Estado.

También se le dota de autonomía técnica, de gestión, y en el dictado de sus fallos y con la facultad jurisdiccional para resolver las controversias suscitadas entre las instituciones públicas, los ayuntamientos, los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal, y sus trabajadoras o trabajadores.

Villareal Loo comentó que, el derecho laboral ha tenido cambios y la naturaleza de impartir justicia en el ámbito burocrático obliga a diseños institucionales acordes a la nueva realidad en el país en esta materia, por lo que para que el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje logre su autonomía en todos los aspectos a fin de aislar los intereses de los Poderes establecidos, de los partidos, así como de cualquier otra influencia externa que pudiera afectar su objetividad e imparcialidad.

Por lo que, bajo esta lógica, con el ánimo de garantizar una plena justicia a los trabajadores al servicio de las instituciones públicas, es que se pretende dotar de autonomía técnica y de gestión para el ejercicio de los recursos públicos al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje y con ello eliminar toda aquella atadura que pueda restar tecnificación en la toma de decisiones en materia de justicia burocrática.

Villarreal Loo explicó que para que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje sea considerado un órgano con autonomía constitucional genérica (técnica y de gestión), se modifica su naturaleza jurídica en el orden constitucional, con lo que se abona al fortalecimiento de las instituciones del Estado y, en consecuencia, a la recuperación de la confianza de la ciudadanía en las que imparten justicia.

Así mismo se crea el órgano interno de control del Tribunal, lo que permite hacer funciones de prevención y de mejora administrativa, como mecanismo para garantizar la eficiencia y eficacia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, en su nueva etapa.

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El Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje tendrá personalidad jurídica y patrimonio propio, informó el legislador Ricardo Villareal Loo, luego de que la Comisión de Hacienda del Estado de la LXII Legislatura, reformara el artículo 131 el párrafo segundo de la Constitución Política del Estado.

También se le dota de autonomía técnica, de gestión, y en el dictado de sus fallos y con la facultad jurisdiccional para resolver las controversias suscitadas entre las instituciones públicas, los ayuntamientos, los organismos públicos descentralizados, las empresas de participación estatal, y sus trabajadoras o trabajadores.

Villareal Loo comentó que, el derecho laboral ha tenido cambios y la naturaleza de impartir justicia en el ámbito burocrático obliga a diseños institucionales acordes a la nueva realidad en el país en esta materia, por lo que para que el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje logre su autonomía en todos los aspectos a fin de aislar los intereses de los Poderes establecidos, de los partidos, así como de cualquier otra influencia externa que pudiera afectar su objetividad e imparcialidad.

Por lo que, bajo esta lógica, con el ánimo de garantizar una plena justicia a los trabajadores al servicio de las instituciones públicas, es que se pretende dotar de autonomía técnica y de gestión para el ejercicio de los recursos públicos al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje y con ello eliminar toda aquella atadura que pueda restar tecnificación en la toma de decisiones en materia de justicia burocrática.

Villarreal Loo explicó que para que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje sea considerado un órgano con autonomía constitucional genérica (técnica y de gestión), se modifica su naturaleza jurídica en el orden constitucional, con lo que se abona al fortalecimiento de las instituciones del Estado y, en consecuencia, a la recuperación de la confianza de la ciudadanía en las que imparten justicia.

Así mismo se crea el órgano interno de control del Tribunal, lo que permite hacer funciones de prevención y de mejora administrativa, como mecanismo para garantizar la eficiencia y eficacia del Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, en su nueva etapa.

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