/ lunes 20 de mayo de 2024

Reglamento de tránsito para ciclistas; ¿cuáles son las faltas más comunes en SLP?

Los ciclistas también incurren en muchas faltas al Reglamento de Tránsito del Municipio; aquí te decimos que no puedes hacer para evitar accidentes

Mientras ciclistas exigen atención de autoridades para que los tomen en cuenta en políticas de movilidad, al mismo tiempo se desentienden de la educación vial que deben asumir al conducir, y a pesar que hay prohibiciones y limitaciones creadas precisamente para su seguridad constantemente incurren en faltas al Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí.

Circular dos o más ciclistas en forma paralela, circular en acera o lugares de uso exclusivo para peatones, circular en vías de flujo de circulación continua, circular fuera de ciclopistas cuando existan, o circular fuera de la extrema derecha de la vía, son faltas al reglamento que conductores incurren frecuentemente.

Y hay más: circular sin detener la marcha cuando de vehículo de pasajeros desciendan o asciendan éstos; circular sin precaución al dar vuelta a la derecha o seguir de frente cuando a su izquierda circule un vehículo automotor, llevar persona o carga que dificulte su visibilidad, su equilibrio o adecuado manejo, o sujetarse a vehículos en movimiento.

El viajar dos o más personas no estando adaptadas para ello –una limitación similar para motocicletas- es una de las faltas más comunes.

El reglamento de tránsito también aclara que las bicicletas que utilicen motor son consideradas dentro de la categoría de motocicletas, y estima como bicicletas las de “carreras”, las de “media carrera”, las de “montaña”, los “triciclos” y las conocidas como de “turismo”.

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Asimismo, se destaca que aquellas bicicletas, bicicletas adaptadas o triciclos deberán llevar un faro delantero que emita luz blanca y en la parte posterior un reflejante de color rojo, lo que la mayoría de las veces no se respeta y, principalmente por las noches, los ciclistas suelen no ser vistos en algunas arterias; también es obligatorio que cuenten con sistema de frenado.

También tienen prohibido asirse o sujetarse de un vehículo en movimiento que transite por la vía, así como no transitar sobre aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, salvo que sea de Seguridad Pública y se encuentre en funciones de vigilancia.

No deben llevar persona o carga que dificulte su visibilidad, equilibrio o adecuado manejo; y tienen prohibido circular en sentido contrario al establecido mediante señalamiento vial, transitar en vías de acceso controlado; el ciclista deben abstenerse abstendrá de dar vuelta a media cuadra, así como de realizar maniobras que pongan en riesgo su integridad o la de los demás.

Deben señalar de manera anticipada cuando vaya a efectuar una maniobra; y no deberá transitar zigzagueando de un lado a otro de la vía, rebasar con precaución vehículos estacionados, y sobre todo utilizar casco protector como medida de protección, y de ser posible más equipo para se seguridad.

Luis Ricardo Solache / El Sol de San Luis

Cabe citar que el conductor de una bicicleta deberá circular por la extrema derecha de la vialidad, o por la ciclopista en las vías públicas en que existan, y deberán mantenerse a una distancia prudente de los vehículos automotores y deberán detener la marcha cuando asciendan o desciendan.

Además los conductores de bicimotos, triciclos automotores.

Los menores de ocho años sólo podrán manejar bicicletas en áreas cercanas a su domicilio con supervisión de un adulto, y en las vías de circulación en las que el Municipio establezca carriles exclusivos o preferentes para la circulación de bicicletas, o adapte ciclopistas o ciclovías dominicales, los ciclistas deben también respetar los señalamientos de tránsito.

Otra falta muy común es el que bicicletas sólo podrá viajar su conductor; salvo aquellas de fabricación especial para ser accionadas por más de una persona o acondicionadas para transportar un pasajero.

Asimismo, tienen prohibido a las bicicletas circular en vías de acceso controlado de más de un nivel, mientras que las escuelas, universidades, centros comerciales, fábricas, fraccionamientos, oficinas y demás centros de trabajo, terminales de transporte urbanos y edificios públicos deberán contar con sitios para el estacionamiento de bicicletas.

Mientras ciclistas exigen atención de autoridades para que los tomen en cuenta en políticas de movilidad, al mismo tiempo se desentienden de la educación vial que deben asumir al conducir, y a pesar que hay prohibiciones y limitaciones creadas precisamente para su seguridad constantemente incurren en faltas al Reglamento de Tránsito del Municipio de San Luis Potosí.

Circular dos o más ciclistas en forma paralela, circular en acera o lugares de uso exclusivo para peatones, circular en vías de flujo de circulación continua, circular fuera de ciclopistas cuando existan, o circular fuera de la extrema derecha de la vía, son faltas al reglamento que conductores incurren frecuentemente.

Y hay más: circular sin detener la marcha cuando de vehículo de pasajeros desciendan o asciendan éstos; circular sin precaución al dar vuelta a la derecha o seguir de frente cuando a su izquierda circule un vehículo automotor, llevar persona o carga que dificulte su visibilidad, su equilibrio o adecuado manejo, o sujetarse a vehículos en movimiento.

El viajar dos o más personas no estando adaptadas para ello –una limitación similar para motocicletas- es una de las faltas más comunes.

El reglamento de tránsito también aclara que las bicicletas que utilicen motor son consideradas dentro de la categoría de motocicletas, y estima como bicicletas las de “carreras”, las de “media carrera”, las de “montaña”, los “triciclos” y las conocidas como de “turismo”.

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Asimismo, se destaca que aquellas bicicletas, bicicletas adaptadas o triciclos deberán llevar un faro delantero que emita luz blanca y en la parte posterior un reflejante de color rojo, lo que la mayoría de las veces no se respeta y, principalmente por las noches, los ciclistas suelen no ser vistos en algunas arterias; también es obligatorio que cuenten con sistema de frenado.

También tienen prohibido asirse o sujetarse de un vehículo en movimiento que transite por la vía, así como no transitar sobre aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, salvo que sea de Seguridad Pública y se encuentre en funciones de vigilancia.

No deben llevar persona o carga que dificulte su visibilidad, equilibrio o adecuado manejo; y tienen prohibido circular en sentido contrario al establecido mediante señalamiento vial, transitar en vías de acceso controlado; el ciclista deben abstenerse abstendrá de dar vuelta a media cuadra, así como de realizar maniobras que pongan en riesgo su integridad o la de los demás.

Deben señalar de manera anticipada cuando vaya a efectuar una maniobra; y no deberá transitar zigzagueando de un lado a otro de la vía, rebasar con precaución vehículos estacionados, y sobre todo utilizar casco protector como medida de protección, y de ser posible más equipo para se seguridad.

Luis Ricardo Solache / El Sol de San Luis

Cabe citar que el conductor de una bicicleta deberá circular por la extrema derecha de la vialidad, o por la ciclopista en las vías públicas en que existan, y deberán mantenerse a una distancia prudente de los vehículos automotores y deberán detener la marcha cuando asciendan o desciendan.

Además los conductores de bicimotos, triciclos automotores.

Los menores de ocho años sólo podrán manejar bicicletas en áreas cercanas a su domicilio con supervisión de un adulto, y en las vías de circulación en las que el Municipio establezca carriles exclusivos o preferentes para la circulación de bicicletas, o adapte ciclopistas o ciclovías dominicales, los ciclistas deben también respetar los señalamientos de tránsito.

Otra falta muy común es el que bicicletas sólo podrá viajar su conductor; salvo aquellas de fabricación especial para ser accionadas por más de una persona o acondicionadas para transportar un pasajero.

Asimismo, tienen prohibido a las bicicletas circular en vías de acceso controlado de más de un nivel, mientras que las escuelas, universidades, centros comerciales, fábricas, fraccionamientos, oficinas y demás centros de trabajo, terminales de transporte urbanos y edificios públicos deberán contar con sitios para el estacionamiento de bicicletas.

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