Productores de cebada, sin daños por paro de cerveceras

Los productores locales tienen garantizado la compra de su producto por empresas productoras de Cerveza

Bertha Escalante | El Sol de San Luis

  · lunes 13 de abril de 2020

Foto Mauricio Huizar | El Sol de México

A pesar de que en San Luis Potosí los productores de cebada con la que proveen de materia prima a empresas cerveceras a la fecha tienen segura la compra de su producto, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural busca garantizar el abasto y los compromisos de compra pactados, sin que ello represente una autorización a la industria cervecera para mantener o reanudar la producción, en los sitios donde han detenido su producción a causa del COVID-19.

Así lo dio a conocer la dependencia al informar también que en San Luis Potosí en el municipio de Villa de Arriaga hay un grupo de productores dedicados durante los últimos cuatro años al cultivo de la cebada Maltera.

Este grupo de productores que en conjunto suman 949, desde el 2016, y hasta el 2019 han impulsado la producción de cebada en una superficie de siembre de 8 mil 480 hectáreas.

La venta de su cosecha ha sido desde inicio bajo agricultura de contrato, es decir comercializada bajo convenio de proveeduría con su producción a Grupo Modelo, empresa cervecera que a diferencia de otras marcas a la fecha continúa su producción normal.

Al respecto y en el caso de San Luis Potosí, la dependencia se mantiene atenta a que se cumplan los contratos establecidos, y atenta también a tomar las medidas necesarias para garantizar la aplicación, en tiempo y forma y en el ámbito de sus responsabilidades, las disposiciones emitidas por el Consejo de Salubridad General para atender la emergencia por el COVID-19 con el paro de labores al no ser actividad esencial.

Destacó la comunicación entre la dirección General de Fomento a la Agricultura y la Cámara de la Industria de la Cerveza y de la Malta, para facilitar la relación entre productores de cebada y representantes de la industria, a fin de garantizar el abasto y los compromisos de compra pactados, ya que los agricultores no tienen la capacidad de almacenar el grano.

“Las disposiciones son del Consejo de Salubridad General y las acciones extraordinarias para suspender actividades no esenciales son de la Secretaría de Salud, y tienen como finalidad el distanciamiento social a partir de la reducción de las actividades económicas, por lo que la función de la Secretaría es convenir con la industria que se compre la cosecha.