Quien cometa actos violentos o agresivos contra personal de salud durante el periodo de una emergencia sanitaria en el Estado de San Luis Potosí, se le aplicará una pena de prisión de hasta 9 años, y sanción pecuniaria de hasta 450 UMA, es decir, una cantidad de 39,096.00 pesos.
La iniciativa presentada por el diputado Eugenio Govea Arcos tiene el propósito de establecer penas más elevadas a quien cometa conductas dolosas de ataques a la integridad y discriminación en contra del personal médico, en un contexto de emergencia sanitaria.
Explicó que ante la pandemia sanitaria por Covid-19, el sector salud no ha detenido sus actividades, pues evidentemente tiene a su cargo servicios indispensables y de orden público, pues, ante la emergencia sanitaria el personal médico es responsable de atender a los pacientes que hayan contraído este virus, así como realizar los análisis pertinentes a todas las personas que resulten sospechosas de contagio.
Sin embargo, a pesar de la entrega y el compromiso ante la contingencia sanitaria, el riesgo de agresiones a trabajadoras y trabajadores de la salud que atienden la pandemia, los lleva a extremar precauciones extras cuando salen a la calle para ir o regresar de sus labores.
Esto, debido a que se han reportado en algunos Estados de la República casos de agresiones, actos discriminatorios y ataques contra su integridad. Lo anterior motivado por el desconocimiento de algunas personas que piensan que ellas y ellos son portadores del coronavirus y pueden propagar un contagio.
Actualmente el Código Penal del Estado establece en su artículo 277 que, quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trecientas unidades de medida de actualización.