/ martes 21 de abril de 2020

Penas más duras por ataques a personal de salud: Eugenio Govea

Pena de prisión de hasta 9 años, y sanción pecuniaria de hasta 450 UMA, es decir, una cantidad de más de 39 mil pesos

Quien cometa actos violentos o agresivos contra personal de salud durante el periodo de una emergencia sanitaria en el Estado de San Luis Potosí, se le aplicará una pena de prisión de hasta 9 años, y sanción pecuniaria de hasta 450 UMA, es decir, una cantidad de 39,096.00 pesos.

La iniciativa presentada por el diputado Eugenio Govea Arcos tiene el propósito de establecer penas más elevadas a quien cometa conductas dolosas de ataques a la integridad y discriminación en contra del personal médico, en un contexto de emergencia sanitaria.

Explicó que ante la pandemia sanitaria por Covid-19, el sector salud no ha detenido sus actividades, pues evidentemente tiene a su cargo servicios indispensables y de orden público, pues, ante la emergencia sanitaria el personal médico es responsable de atender a los pacientes que hayan contraído este virus, así como realizar los análisis pertinentes a todas las personas que resulten sospechosas de contagio.

Sin embargo, a pesar de la entrega y el compromiso ante la contingencia sanitaria, el riesgo de agresiones a trabajadoras y trabajadores de la salud que atienden la pandemia, los lleva a extremar precauciones extras cuando salen a la calle para ir o regresar de sus labores.

Esto, debido a que se han reportado en algunos Estados de la República casos de agresiones, actos discriminatorios y ataques contra su integridad. Lo anterior motivado por el desconocimiento de algunas personas que piensan que ellas y ellos son portadores del coronavirus y pueden propagar un contagio.

Actualmente el Código Penal del Estado establece en su artículo 277 que, quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trecientas unidades de medida de actualización.


Quien cometa actos violentos o agresivos contra personal de salud durante el periodo de una emergencia sanitaria en el Estado de San Luis Potosí, se le aplicará una pena de prisión de hasta 9 años, y sanción pecuniaria de hasta 450 UMA, es decir, una cantidad de 39,096.00 pesos.

La iniciativa presentada por el diputado Eugenio Govea Arcos tiene el propósito de establecer penas más elevadas a quien cometa conductas dolosas de ataques a la integridad y discriminación en contra del personal médico, en un contexto de emergencia sanitaria.

Explicó que ante la pandemia sanitaria por Covid-19, el sector salud no ha detenido sus actividades, pues evidentemente tiene a su cargo servicios indispensables y de orden público, pues, ante la emergencia sanitaria el personal médico es responsable de atender a los pacientes que hayan contraído este virus, así como realizar los análisis pertinentes a todas las personas que resulten sospechosas de contagio.

Sin embargo, a pesar de la entrega y el compromiso ante la contingencia sanitaria, el riesgo de agresiones a trabajadoras y trabajadores de la salud que atienden la pandemia, los lleva a extremar precauciones extras cuando salen a la calle para ir o regresar de sus labores.

Esto, debido a que se han reportado en algunos Estados de la República casos de agresiones, actos discriminatorios y ataques contra su integridad. Lo anterior motivado por el desconocimiento de algunas personas que piensan que ellas y ellos son portadores del coronavirus y pueden propagar un contagio.

Actualmente el Código Penal del Estado establece en su artículo 277 que, quien ejecute actos violentos o agresivos en contra de un servidor o funcionario público se le aplicará de uno a seis años de prisión, y sanción pecuniaria de cien a trecientas unidades de medida de actualización.


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