Abogados que presentaron una iniciativa para multar a quienes se resista a usar cubre bocas con cantidades de 100 hasta 600 pesos, lo que molestó a algunas legisladores quienes aseguran que si la gente no tiene para comprar este implemento de 10 pesos menos para pagar multas.
En reunión de trabajo virtual, abogados, iniciativa privada y legisladores analizaron una iniciativa que plantea emitir y promulgar la Ley de Protección de las Personas contra enfermedades de Transmisión por Vías Aéreas y Similares del Estado.
La presidenta de la comisión diputada Angélica Mendoza Camacho dijo que “es imperante que todas las personas cuenten con cubre bocas y medios de protección pero antes de imponer multas, se debe tomar en cuenta la situación económica generada por la pandemia que ha colocado a muchos potosinos en situación de desempleo”.
Añadió que “muchos potosinos deben priorizar la compra de canasta básica ante la compra de cubre bocas, por lo que sería gravoso imponer sanciones pecuniarias a quién no lo esté usando, pero como medida de protección si se les podrá negar el acceso a lugares públicos a personas que no lo usen”.
El propósito de la iniciativa es proteger la salud de las personas por causa de fuerza mayor ocaso fortuito, así como por epidemias, pandemias y cualquier otra situación de índole sanitaria y/o de ora naturaleza a través de la obligatoriedad del uso de barras de protección –caretas, lentes, cubre bocas o similares que cumplan los requisitos de la OMS-.
La iniciativa propone que sea obligatorio el uso de una barrera de protección para proteger la salud de las personas que se encuentren en el territorio del estado en lugares como instituciones públicas de gobierno, dependencias, espacios y sitios de acceso público, vía pública, instituciones y planteles educativos del sector púbico y privado, así como autónomos, transporte público, plazas, centros comerciales, tiendas departamentales, entre otros.
Propone sanciones administrativas en tres formas: retirar a la persona o persona de los lugares descritos por medio del personal verificador con auxilio de las corporaciones estatales y/o municipales, multa y clausura temporal o definitiva. De dos a cinco veces la unidad de medina de actualización, será la multa para la persona reincidente.
Las legisladora Angélica Mendoza y Vianey Montes fijaron su postura en contra de que se cobren multas a los ciudadanos “que no tienen ni para comprar un cubre bocas menos para pagar multas”; los reincidentes, en todo caso, podrían tener penas de trabajo comunitario.