/ viernes 28 de diciembre de 2018

Contra tratados internacionales, ampliar catálogo de delitos graves: Almazán Cué

La ampliación del catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa va en contra de los tratados y convenios internacionales

La ampliación del catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, va en contra de los tratados y convenios internacionales que ha suscrito México, advirtió Juan Paulo Almazán Cué, magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y el Consejo de la Judicatura.

A principios de mes el Senado de la República aprobó una reforma al artículo 19 constitucional en donde se amplía el catálogo de delitos que ameritarían prisión preventiva oficiosa; al respecto, el presidente del Poder Judicial en el Estado señaló que “a nivel internacional no es bien visto este tema porque estamos regidos a final de cuentas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Indicó que si bien esta reforma se puede plasmar en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “no está acorde a los convenios y tratados internacionales firmados y ratificados por México”, por lo que pudiera ser considerado como algo que va en contra de las convenciones de derechos humanos.

Aunado a ello, destacó que por muchos años se peleó para que se respetara el derecho a la presunción de inocencia, que es lo que protege el sistema de justicia penal, aunque reconoció que ahora que finalmente está en la Constitución “nos ha generado esta percepción nada buena”.

Almazán Cué dijo tener más que claro que hay una mala percepción del Sistema de Justicia Penal, pues incluso la Iglesia se ha pronunciado en contra del sistema porque se cree que se protege más a quienes delinquen que a las víctimas, “pero también entendamos que el sistema penal no es un sistema de prisiones o libertades, es un sistema de debido proceso y a los jueces no nos toca más que acatar la ley, no somos legisladores”.

Además aclaró que el cambio que ha traído el Sistema de Justicia Penal, es que la mayoría de las personas acusadas de un delito llevan su juicio en libertad, aunque esto no significa que estén exoneradas “ese es el cambio que se dio en México, donde ves a la persona libre pero está sujeta a un proceso, y en su momento cuando se dicte sentencia sí puede quedar privada de la libertad”.

La ampliación del catálogo de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, va en contra de los tratados y convenios internacionales que ha suscrito México, advirtió Juan Paulo Almazán Cué, magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y el Consejo de la Judicatura.

A principios de mes el Senado de la República aprobó una reforma al artículo 19 constitucional en donde se amplía el catálogo de delitos que ameritarían prisión preventiva oficiosa; al respecto, el presidente del Poder Judicial en el Estado señaló que “a nivel internacional no es bien visto este tema porque estamos regidos a final de cuentas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Indicó que si bien esta reforma se puede plasmar en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “no está acorde a los convenios y tratados internacionales firmados y ratificados por México”, por lo que pudiera ser considerado como algo que va en contra de las convenciones de derechos humanos.

Aunado a ello, destacó que por muchos años se peleó para que se respetara el derecho a la presunción de inocencia, que es lo que protege el sistema de justicia penal, aunque reconoció que ahora que finalmente está en la Constitución “nos ha generado esta percepción nada buena”.

Almazán Cué dijo tener más que claro que hay una mala percepción del Sistema de Justicia Penal, pues incluso la Iglesia se ha pronunciado en contra del sistema porque se cree que se protege más a quienes delinquen que a las víctimas, “pero también entendamos que el sistema penal no es un sistema de prisiones o libertades, es un sistema de debido proceso y a los jueces no nos toca más que acatar la ley, no somos legisladores”.

Además aclaró que el cambio que ha traído el Sistema de Justicia Penal, es que la mayoría de las personas acusadas de un delito llevan su juicio en libertad, aunque esto no significa que estén exoneradas “ese es el cambio que se dio en México, donde ves a la persona libre pero está sujeta a un proceso, y en su momento cuando se dicte sentencia sí puede quedar privada de la libertad”.

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