Los usuarios del INTERAPAS no deben pagar por un servicio que no reciben, porque así lo establece la Ley de Cuotas y Tarifas del 2024, dijo el diputado José Luis Fernández Martínez.
Esta disposición se va a tener que reconocer, sobre todo en los usuarios que tienen un servicio que no es servicio medido, sino que es una cuota fija: “es muy fácil, si durante 60 días yo pago 600 pesos, pues quiere decir que me cobran 10 pesos el día. Y si yo no tuve agua 45 días, me deben de descontar 450 pesos de mi recibo y eso viene en la ley”.
El legislador integrante de la Comisión del Agua del Congreso del Estado, expuso que “hay que decirle a los usuarios que estamos a la orden, que si el Interapas genera cobros irregulares, pues aquí estamos listos para defendernos y brindarles la asesoría que requieran para que se puedan defender de cobros indebidos”.
La falta de agua en la mayor parte de las tomas de todo tipo, ha generado una gran molestia entre los ciudadanos que, además, tienen que pagar un servicio que no reciben, por eso es necesario que sepan qué hay una ley donde está muy claro que se les debe descontar del pago lo que no reciben, pero la autoridad no lo dice por obvias razones.
El legislador José Luis Fernández añadió que los cobros indebidos siempre han sido temas de quejas de los usuarios y por ello, en la ley de cuotas y tarifas se estableció esta disposición.