/ jueves 11 de octubre de 2018

Tras 50 años, actualizarán el tabulador de honorarios para abogados

Para que la ley no quede desfasada con el tiempo, se usarán las UMAs vigentes al momento del cobro

Los abogados en San Luis Potosí tendrán un nuevo arancel, actualizado, para cobrar sus honorarios profesionales cuando no haya un acuerdo previo de pago con el cliente, a través de una nueva ley promovida por el diputado Edgardo Hernández Contreras.

En la sesión ordinaria de este jueves, el legislador integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde presentó la iniciativa que abroga el arancel del abogado contenido en el decreto 225 expedido por la XLV Legislatura del Congreso del Estado, es decir, hace 50 años.

Dijo que la relación abogado-cliente debe estar asentada, sobre la base fundamental de la confianza, la honradez y el profesionalismo de quien representa los intereses de aquel, que se encuentra bajo la incertidumbre de actos que pueden atentar contra su vida, sus bienes, su libertad o sus derechos.

Para ello, también es importante la certeza del costo, que dicha asesoría le supondrá tener que cubrir, aquí es donde radica el motivo de la presente iniciativa, una certidumbre tanto del abogado, que tendrá una base para el cobro de sus servicios, y del cliente que tendrá conocimiento del valor del trabajo del profesional del derecho.

“Resulta por demás anacrónico el decreto 225 expedido por la XLV Legislatura del Congreso del Estado que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 22 de agosto de 1968, y que contiene aranceles de abogados con cantidades liquidas que no se ajusta a la realidad actual, en relación con la que se vivía hace cincuenta años”, apuntó.

Añadió que “para efecto de que, ésta nueva ley, no vaya sufriendo las mismas consecuencias que el arancel vigente, por el simple paso del tiempo, se propone actualizar las cantidades convirtiéndolas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento del cobro, que es la referencia económica en pesos, para determinar la cuantía del pago de las obligaciones, establecida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía”.

El arancel que se propuso, se aplicará, en aquellos casos en que, no se haya convenido las condiciones de pago, el monto o los montos en un contrato de prestación de servicios profesionales entre el abogado-cliente, por lo que se respeta la supremacía de los pactos entre partes, pero integra como requisitos de certeza a los contratos, el que, tengan que estar dispuestos por escrito y con requisitos mínimos que, no tengan lugar a dudas sobre el costo de los servicios profesionales.

“Esta iniciativa, representa una herramienta que dignifica el trabajo del abogado, que le da importancia a sus conocimientos en el campo del derecho, pero también, crea un vínculo de confianza con el cliente, que sabe desde antes, lo que deberá cubrir económicamente a quien lo representa y lo defiende”, puntualizó.

Los abogados en San Luis Potosí tendrán un nuevo arancel, actualizado, para cobrar sus honorarios profesionales cuando no haya un acuerdo previo de pago con el cliente, a través de una nueva ley promovida por el diputado Edgardo Hernández Contreras.

En la sesión ordinaria de este jueves, el legislador integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde presentó la iniciativa que abroga el arancel del abogado contenido en el decreto 225 expedido por la XLV Legislatura del Congreso del Estado, es decir, hace 50 años.

Dijo que la relación abogado-cliente debe estar asentada, sobre la base fundamental de la confianza, la honradez y el profesionalismo de quien representa los intereses de aquel, que se encuentra bajo la incertidumbre de actos que pueden atentar contra su vida, sus bienes, su libertad o sus derechos.

Para ello, también es importante la certeza del costo, que dicha asesoría le supondrá tener que cubrir, aquí es donde radica el motivo de la presente iniciativa, una certidumbre tanto del abogado, que tendrá una base para el cobro de sus servicios, y del cliente que tendrá conocimiento del valor del trabajo del profesional del derecho.

“Resulta por demás anacrónico el decreto 225 expedido por la XLV Legislatura del Congreso del Estado que fue publicada en el Periódico Oficial del Estado el 22 de agosto de 1968, y que contiene aranceles de abogados con cantidades liquidas que no se ajusta a la realidad actual, en relación con la que se vivía hace cincuenta años”, apuntó.

Añadió que “para efecto de que, ésta nueva ley, no vaya sufriendo las mismas consecuencias que el arancel vigente, por el simple paso del tiempo, se propone actualizar las cantidades convirtiéndolas a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente al momento del cobro, que es la referencia económica en pesos, para determinar la cuantía del pago de las obligaciones, establecida por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía”.

El arancel que se propuso, se aplicará, en aquellos casos en que, no se haya convenido las condiciones de pago, el monto o los montos en un contrato de prestación de servicios profesionales entre el abogado-cliente, por lo que se respeta la supremacía de los pactos entre partes, pero integra como requisitos de certeza a los contratos, el que, tengan que estar dispuestos por escrito y con requisitos mínimos que, no tengan lugar a dudas sobre el costo de los servicios profesionales.

“Esta iniciativa, representa una herramienta que dignifica el trabajo del abogado, que le da importancia a sus conocimientos en el campo del derecho, pero también, crea un vínculo de confianza con el cliente, que sabe desde antes, lo que deberá cubrir económicamente a quien lo representa y lo defiende”, puntualizó.

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