/ jueves 16 de junio de 2022

SCJN invalida modificaciones del Congreso a la Ley de Salud Mental de SLP

Las hicieron sin haber realizado una consulta previa a las personas con discapacidad, dijo Catalina Torres, consejera de la CEDH

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las modificaciones hechas por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, a la Ley de Salud Mental del Estado y los Municipios de San Luis Potosí, debido a una Acción de Inconstitucional promovida por el Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

El pasado 13 de abril de 2021 fue publicado el decreto que adiciona modificaciones a la Ley de Salud Mental, mismas que se hicieron sin haber realizado una consulta previa a las personas con discapacidad, por lo que el Consejo de la CEDH promovió una acción de inconstitucionalidad que fue concedida por la Suprema Corte este pasado 7 de junio.

Al respecto, Catalina Torres, consejera de la CEDH y secretaria general del Capítulo San Luis de la Fundación Gilberto Rincón Gallardo, destacó que ya son tres acciones de inconstitucionalidad que se logran contra el Congreso del Estado, las tres por haber creado o modificado leyes sin consultar a las personas con discapacidad, situación que dijo, demuestra que el Legislativo sigue sin entender, “seguimos haciéndolo mal”.

La primera acción de inconstitucionalidad se concedió en 2019 contra la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad, que paradójicamente no fueron tomadas en cuenta por los diputados para plantear esta ley; la segunda fue en 2020 contra la Ley de Asistencia Social, misma que fue invalidada por completo y apenas hace unos meses fue “repuesta”.

La activista señaló que los legisladores aducen desconocimiento respecto a cuándo se tiene que consultar a las personas con discapacidad, y mencionó que si bien no hay una ley de consulta para las personas con discapacidad, sí existe un instrumento internacional como es la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, además de que la propia SCJN ha emitido recomendaciones para vislumbrar cuándo deben realizarse consultas.

Así mismo, el Consejo de la CEDH ha recomendado al Legislativo que dentro de su proceso de creación o modificación de leyes, se incluya a las personas con discapacidad, pues adelantó que “está en la mira” una ley más, que es la de Personas Adultas Mayores, para la cual tampoco se consultó a las personas con discapacidad.

La propuesta para los legisladores es que al proponer una iniciativa y que ésta pase a análisis en comisiones, se soliciten opiniones técnicas de las organizaciones, y después de realizar el dictamen se someta a consulta con las personas con discapacidad, para después pasar al Pleno y ser votadas.

Por lo pronto, el Congreso tendrá un plazo de 180 días para consultar a las personas con discapacidad y volver a plantear las modificaciones hechas a la Ley de Salud Mental, o dejar que éstas queden invalidadas.

¿Qué más ha pasado en San Luis Potosí? entérate aquí

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó las modificaciones hechas por el Congreso del Estado de San Luis Potosí, a la Ley de Salud Mental del Estado y los Municipios de San Luis Potosí, debido a una Acción de Inconstitucional promovida por el Consejo de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH).

El pasado 13 de abril de 2021 fue publicado el decreto que adiciona modificaciones a la Ley de Salud Mental, mismas que se hicieron sin haber realizado una consulta previa a las personas con discapacidad, por lo que el Consejo de la CEDH promovió una acción de inconstitucionalidad que fue concedida por la Suprema Corte este pasado 7 de junio.

Al respecto, Catalina Torres, consejera de la CEDH y secretaria general del Capítulo San Luis de la Fundación Gilberto Rincón Gallardo, destacó que ya son tres acciones de inconstitucionalidad que se logran contra el Congreso del Estado, las tres por haber creado o modificado leyes sin consultar a las personas con discapacidad, situación que dijo, demuestra que el Legislativo sigue sin entender, “seguimos haciéndolo mal”.

La primera acción de inconstitucionalidad se concedió en 2019 contra la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad, que paradójicamente no fueron tomadas en cuenta por los diputados para plantear esta ley; la segunda fue en 2020 contra la Ley de Asistencia Social, misma que fue invalidada por completo y apenas hace unos meses fue “repuesta”.

La activista señaló que los legisladores aducen desconocimiento respecto a cuándo se tiene que consultar a las personas con discapacidad, y mencionó que si bien no hay una ley de consulta para las personas con discapacidad, sí existe un instrumento internacional como es la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, además de que la propia SCJN ha emitido recomendaciones para vislumbrar cuándo deben realizarse consultas.

Así mismo, el Consejo de la CEDH ha recomendado al Legislativo que dentro de su proceso de creación o modificación de leyes, se incluya a las personas con discapacidad, pues adelantó que “está en la mira” una ley más, que es la de Personas Adultas Mayores, para la cual tampoco se consultó a las personas con discapacidad.

La propuesta para los legisladores es que al proponer una iniciativa y que ésta pase a análisis en comisiones, se soliciten opiniones técnicas de las organizaciones, y después de realizar el dictamen se someta a consulta con las personas con discapacidad, para después pasar al Pleno y ser votadas.

Por lo pronto, el Congreso tendrá un plazo de 180 días para consultar a las personas con discapacidad y volver a plantear las modificaciones hechas a la Ley de Salud Mental, o dejar que éstas queden invalidadas.

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