El padrón de deudores alimentarios no puede ser público, señaló la magistrada María Manuela García Cázares, presidenta del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo de la Judicatura.
El pasado 22 de febrero entró en vigor el Padrón Estatal de Personas Deudoras Alimentarias Morosas en el estado de San Luis Potosí, mismo que a la fecha, está integrado por alrededor de 300 personas que han incumplido su obligación de asistencia alimentaria.
Al respecto, activistas han pedido que el padrón sea público para que cualquier persona pueda consultarlo, sin embargo, la Presidenta del Poder Judicial explicó que el listado no puede ser público ya que "estaríamos dando datos personales de quienes están dentro del mismo" y se violentaría la ley de protección de datos personales; y es que el padrón contiene datos como el nombre completo y CURP de él o la deudora, así como de las o los hijos.
Explicó que debido a ello, el Consejo de la Judicatura emitió un acuerdo general donde señala cuáles son las directrices para solicitar acceso al padrón, que puede ser presentada por el propio interesado que esté en el listado. Será el Consejo de la Judicatura el que conceda la constancia para acceder al padrón.
También recordó que de acuerdo a la reforma al Código Familiar, ingresarán al padrón de deudores las personas que incumplan con su obligación de manutención por 60 días continuos o más, y al dar cumplimiento serán dados de baja del padrón.
Es así que a pesar de que el padrón comenzó con un listado de alrededor de 300 personas, habrá variaciones, "hay veces que se va a tener que incrementar, o si la persona cumple se baja del padrón".