/ domingo 17 de marzo de 2019

Necesario, incrementar acciones de prevención de violencia en escuelas

Se busca prevenir y proteger a las niñas, niños y jóvenes de la violencia, acoso, maltrato y discriminación

El diputado Edgardo Hernández Contreras presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a fin de aumentar el grado de actuación del Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar para establecer los principios y criterios que orientan la periodicidad en el diseño, la evaluación y el control de las políticas públicas en materia de seguridad escolar.

Con ello se busca prevenir y proteger a nuestras niñas, niños y jóvenes de la violencia, acoso, maltrato y discriminación que se genera en el entorno escolar, para que disfruten de un ambiente seguro y sano, propicio para el aprendizaje, en el que reciban una educación de calidad, a la cual tienen derecho.

Con esta reforma se establecería que el Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar tendrá anualmente cuando menos cuatro (y no dos como se señala actualmente) sesiones ordinarias; la primera, deberá celebrarse al inicio del periodo escolar, con el objeto de aplicar un diagnóstico de la situación que prevalezca al interior y exterior de los centros escolares, y generar el programa de Prevención y Seguridad Integral Escolar y las subsecuentes durante el transcurso del ciclo escolar para dar seguimiento al programa aplicado durante el mismo; debiendo celebrar la cuarta sesión al concluir el ciclo escolar del año, a fin de evaluar los resultados del programa aplicado en el ciclo que concluyó. Asimismo, podrá celebrar sesiones extraordinarias cuantas veces sea necesario, previa convocatoria del secretario técnico.

Además, realizar un Plan de Intervención que establezca metas y objetivos específicos cuyos resultados serán evaluados de forma permanente por el propio Consejo.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que el 13 de septiembre de 2012 se publicó la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a través de la cual se establecen los principios y criterios que orientan el diseño, evaluación y control de las políticas públicas para reconocer, atender, erradicar y prevenir la violencia en los centros escolares.

La finalidad de La Ley de Prevención y Seguridad Escolar es que las niñas, niños y adolescentes dejen de tener temor por su integridad física o mental, al promover la práctica de valores, el respeto mutuo, la solidaridad entre la comunidad educativa y se logre con ello alcanzar una educación de calidad.

La iniciativa del legislador Hernández Contreras se turnó a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para su análisis correspondiente.

El diputado Edgardo Hernández Contreras presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a fin de aumentar el grado de actuación del Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar para establecer los principios y criterios que orientan la periodicidad en el diseño, la evaluación y el control de las políticas públicas en materia de seguridad escolar.

Con ello se busca prevenir y proteger a nuestras niñas, niños y jóvenes de la violencia, acoso, maltrato y discriminación que se genera en el entorno escolar, para que disfruten de un ambiente seguro y sano, propicio para el aprendizaje, en el que reciban una educación de calidad, a la cual tienen derecho.

Con esta reforma se establecería que el Consejo Estatal de Prevención y Seguridad Escolar tendrá anualmente cuando menos cuatro (y no dos como se señala actualmente) sesiones ordinarias; la primera, deberá celebrarse al inicio del periodo escolar, con el objeto de aplicar un diagnóstico de la situación que prevalezca al interior y exterior de los centros escolares, y generar el programa de Prevención y Seguridad Integral Escolar y las subsecuentes durante el transcurso del ciclo escolar para dar seguimiento al programa aplicado durante el mismo; debiendo celebrar la cuarta sesión al concluir el ciclo escolar del año, a fin de evaluar los resultados del programa aplicado en el ciclo que concluyó. Asimismo, podrá celebrar sesiones extraordinarias cuantas veces sea necesario, previa convocatoria del secretario técnico.

Además, realizar un Plan de Intervención que establezca metas y objetivos específicos cuyos resultados serán evaluados de forma permanente por el propio Consejo.

En la exposición de motivos de la iniciativa presentada se señala que el 13 de septiembre de 2012 se publicó la Ley de Prevención y Seguridad Escolar del Estado y Municipios de San Luis Potosí, a través de la cual se establecen los principios y criterios que orientan el diseño, evaluación y control de las políticas públicas para reconocer, atender, erradicar y prevenir la violencia en los centros escolares.

La finalidad de La Ley de Prevención y Seguridad Escolar es que las niñas, niños y adolescentes dejen de tener temor por su integridad física o mental, al promover la práctica de valores, el respeto mutuo, la solidaridad entre la comunidad educativa y se logre con ello alcanzar una educación de calidad.

La iniciativa del legislador Hernández Contreras se turnó a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología para su análisis correspondiente.

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