La escasez de personal médico, y la inapropiada actuación del personal en turno, derivó en el fallecimiento de Ángel, un menor de 13 años de edad originario de Xilitla, por lo que la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió una Recomendación a los Servicios de Salud.
El viernes 13 de mayo de 2022, Ángel se encontraba en casa de su abuelita, a quien le festejaban su cumpleaños, mientras jugaba con sus primos, el niño se cayó y se golpeó la cabeza en una barda, así se fue a su casa pero el dolor no cesaba, así que sus padres lo llevaron al hospital de Xilitla, donde al verlo consciente lo regresaron a su casa, pero sus padres decidieron llevarlo al hospital de Axtla de Terrazas, donde no lo revisaron, sólo les dijeron que debían llevarlo al hospital general de Ciudad Valles, a donde llegaron pasada la media noche.
En el último nosocomio y conforme a la nota médica de urgencias, se estableció como diagnóstico inicial Traumatismo Craneoencefálico Leve-Severo, se ingresó para observación y toma de estudios de gabinete, sin embargo, transcurrieron más de 16 horas desde su ingreso para recibir la primera atención médica, en la que posteriormente se diagnosticó hemorragia cerebral. El lunes a las 2 de la tarde lo trasladaron a San Luis Potosí, en donde le practicaron una cirugía, pero ya no pudo recuperarse y falleció el miércoles 18.
A raíz de la nota publicada en los medios de comunicación con la denuncia de los padres de Ángel por la deficiente atención médica que recibió, la CEDH inició una queja de oficio a través de su Segunda Visitaduría General, ubicada en el municipio de Ciudad Valles; el organismo autónomo pudo constatar que el Hospital General de Ciudad Valles cuenta sólo con un médico especialista en neurocirugía cuyo horario de labores es de lunes a viernes de 14:00 a 21:00 horas, dicho horario no coincidió con la estancia hospitalaria del niño.
Por lo que el derecho humano de tipo social a la salud del niño, se vio violentado por la incompleta atención por parte de los servidores públicos del Hospital General de Ciudad Valles, pues el personal no llevó a cabo las medidas necesarias encaminadas a restaurar el estado de salud del paciente, lo anterior, se puede corroborar con las indicaciones médicas con las que cuenta el expediente médico, en las cuales no se indicó solución hipertónica que hubiese disminuido el edema cerebral, permaneciendo en el lugar más de cuarenta horas, que trajo como consecuencia el deterioro neurológico progresivo.
Por lo anterior la CEDH considera que está acreditada la omisión de cuidado por parte del personal del Hospital General de Ciudad Valles, en su calidad de garantes de los derechos humanos de Niños, Niñas y Adolescentes bajo su cuidado, por lo que este Organismo Autónomo emite la Recomendación 02/2024 dirigida a la Dirección General de los Servicios de Salud de San Luis Potosí, bajo los siguientes puntos recomendatorios:
Con la finalidad de que sea reparado de manera integral el daño ocasionado a la víctima y a sus padres, se realicen las acciones efectivas para su reparación; se otorgue la atención médica, psicológica y tanatológica que requieran los padres; como Garantía de No Repetición, se imparta un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos; se instalen en las salas de espera y estrados del Hospital General de Valles carteles que contengan la información del domicilio y teléfonos de las Oficinas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en la Zona Huasteca, para el caso de que, alguna persona desee formular una queja, cuente con la información pertinente.
Además se elabore un estudio del déficit de Médicos Especialistas en las diversas jornadas laborales del Hospital General de Ciudad Valles; ante la falta de Médico Neurocirujano en la jornada de fin de semana y en los horarios matutino y nocturno, se sirva designar al personal necesario en esta especialidad, para que den atención las 24 horas del día en dicho nosocomio.