/ sábado 1 de septiembre de 2018

CEDH emite recomendación al SEER por discriminación a niña

Un colegio privado de la Capital potosina ejerció discriminación hacia una niña con discapacidad

Un colegio privado de la Capital potosina ejerció discriminación hacia una niña con discapacidad, por lo que la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la Recomendación 13/2018 dirigida a la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular (SEER).

De acuerdo a la indagatoria de la CEDH, en abril de 2016 una mujer acudió a un colegio particular ubicado en la Colonia del Valle para inscribir a su hija, en ese entonces, la directora del plantel le indicó que la institución contaba con la infraestructura, personal profesional y capacitado para la enseñanza que requería la niña, por lo que decidió inscribirla.

Sin embargo, en los meses de mayo y septiembre de 2016, la directora del colegio le informó a la mujer que su hija continuaba en periodo de diagnóstico, que no estaba dada de alta en la Plataforma Estatal de Información Educativa, y argumentó que eran necesarias pruebas neuropsicológicas como requisito para integrar su expediente, mismas que debían realizarse en un lugar específico, de lo contrario no tendrían validez.

Debido a ello la madre solicitó información a la titular del Departamento de Educación Especial del SEER, quien le informó que no era requisito la práctica de mencionadas pruebas y que desde el inicio de curso debieron dar de alta a la niña en la Plataforma Estatal de Información Educativa y trabajar con ella en base a las adecuaciones curriculares; sin embargo, la directora del plantel le refirió que debido a que era una escuela particular se manejaban otros lineamientos, por lo que al no presentar las pruebas ya no permitió el ingreso de la alumna a la escuela.

La madre también acudió a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para levantar la queja contra la institución privada, a la cual se le impuso una sanción por no prestar el servicio en los términos y condiciones acordados.

Asimismo, a la fecha de la presentación de la queja ante la CEDH, el SEER había omitido informarle a la madre el seguimiento y acciones implementadas en relación a los actos de discriminación y ejercicio indebido en materia de educación, cometidos por parte de personal Directivo de ese Instituto, por lo que la CEDH emitió los siguientes puntos recomendatorios: El SEER deberá de colaborar en la inscripción de la niña y su madre en el Registro Estatal de Víctimas, a efecto de que tengan acceso a la Reparación Integral del Daño; se deberán girar instrucciones al personal de supervisión competente a efecto de que inicie una investigación por los actos de discriminación e indebida prestación del servicio público en materia de educación en dicha institución.

Además se deberá integrar y en su momento resolver, sobre la omisión del personal de inspección y supervisión, respecto al deber de investigar los actos de discriminación e inadecuada prestación del servicio educativo; el SEER deberá colaborar ampliamente con el Agente del Ministerio Público responsable de la integración y substanciación de la Carpeta de Investigación, iniciada con motivo de los hechos denunciados; y que se imparta un Curso de Capacitación y Sensibilización en materia de Igualdad y No Discriminación, dirigidos a la totalidad del personal de Supervisión e Inspección del SEER.

Un colegio privado de la Capital potosina ejerció discriminación hacia una niña con discapacidad, por lo que la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la Recomendación 13/2018 dirigida a la Dirección General del Sistema Educativo Estatal Regular (SEER).

De acuerdo a la indagatoria de la CEDH, en abril de 2016 una mujer acudió a un colegio particular ubicado en la Colonia del Valle para inscribir a su hija, en ese entonces, la directora del plantel le indicó que la institución contaba con la infraestructura, personal profesional y capacitado para la enseñanza que requería la niña, por lo que decidió inscribirla.

Sin embargo, en los meses de mayo y septiembre de 2016, la directora del colegio le informó a la mujer que su hija continuaba en periodo de diagnóstico, que no estaba dada de alta en la Plataforma Estatal de Información Educativa, y argumentó que eran necesarias pruebas neuropsicológicas como requisito para integrar su expediente, mismas que debían realizarse en un lugar específico, de lo contrario no tendrían validez.

Debido a ello la madre solicitó información a la titular del Departamento de Educación Especial del SEER, quien le informó que no era requisito la práctica de mencionadas pruebas y que desde el inicio de curso debieron dar de alta a la niña en la Plataforma Estatal de Información Educativa y trabajar con ella en base a las adecuaciones curriculares; sin embargo, la directora del plantel le refirió que debido a que era una escuela particular se manejaban otros lineamientos, por lo que al no presentar las pruebas ya no permitió el ingreso de la alumna a la escuela.

La madre también acudió a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) para levantar la queja contra la institución privada, a la cual se le impuso una sanción por no prestar el servicio en los términos y condiciones acordados.

Asimismo, a la fecha de la presentación de la queja ante la CEDH, el SEER había omitido informarle a la madre el seguimiento y acciones implementadas en relación a los actos de discriminación y ejercicio indebido en materia de educación, cometidos por parte de personal Directivo de ese Instituto, por lo que la CEDH emitió los siguientes puntos recomendatorios: El SEER deberá de colaborar en la inscripción de la niña y su madre en el Registro Estatal de Víctimas, a efecto de que tengan acceso a la Reparación Integral del Daño; se deberán girar instrucciones al personal de supervisión competente a efecto de que inicie una investigación por los actos de discriminación e indebida prestación del servicio público en materia de educación en dicha institución.

Además se deberá integrar y en su momento resolver, sobre la omisión del personal de inspección y supervisión, respecto al deber de investigar los actos de discriminación e inadecuada prestación del servicio educativo; el SEER deberá colaborar ampliamente con el Agente del Ministerio Público responsable de la integración y substanciación de la Carpeta de Investigación, iniciada con motivo de los hechos denunciados; y que se imparta un Curso de Capacitación y Sensibilización en materia de Igualdad y No Discriminación, dirigidos a la totalidad del personal de Supervisión e Inspección del SEER.

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