Aprueban estandarizar sistemas de vigilancia

Raymundo Rocha Lozano

  · domingo 17 de junio de 2018

Foto: Ilustrativa

San Luis Potosí (OEM-Informex).- Los diputados aprobaron reformar diversos artículos de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de estandarizar las características técnicas y de interoperabilidad de los sistemas de videovigilancia para la seguridad pública.

Esta medida fue aprobada por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en su XL sesión celebrada el 30 de agosto de 2016; la norma establece los criterios normativos y técnicos que se dictan a las entidades federativas de la forma de operar de los sistemas de videovigilancia, y se fijan los parámetros para la organización, infraestructura, tecnología y evaluación de éstos con base en la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

En ese sentido, se busca darle uniformidad, legalidad, certeza y seguridad al marco jurídico local que regula la actividad de los sistemas de videovigilancia en la entidad, como es el caso de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí.

Asimismo fue aprobado por unanimidad reformar la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social le corresponderá supervisar que las vacantes y empleos destinados a las personas adultas mayores sean dignos, remunerados, y cuenten con condiciones para la estabilidad en el empleo y acceso a derechos escalafonarios.

Los legisladores aprobaron por unanimidad reformar la Ley de Desarrollo Social para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, a fin de señalar que para establecer las bases y los mecanismos para la planeación, ejecución, monitoreo, evaluación y seguimiento de las políticas públicas en materia de desarrollo social del Estado y municipios, garantizando en todo momento la participación social, el desarrollo sustentable y la vigencia de los derechos sociales.

También la Ley de Adquisiciones del Estado de San Luis Potosí, a fin de clarificar el tópico de los comités de adquisiciones de las instituciones del Estado.

Con esta reforma se señala que las instituciones deberán establecer comités de adquisiciones, arrendamientos y servicios, como órganos colegiados, de carácter técnico, de coordinación y asesoría cuyo propósito fundamental es promover que las actividades y operaciones que realicen las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo en materia de adquisiciones, se realicen en condiciones de legalidad, transparencia, imparcialidad, eficacia, eficiencia, de manera que prevalezca el interés del Estado en términos de economía, calidad y oportunidad; entre otras preceptos.

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