/ martes 28 de mayo de 2024

Analizan reforma para garantizar igualdad entre mujeres y hombres en la cultura

En los casos en los que la fuente de empleo de las mujeres está relacionada con la cultura, la discriminación y desventajas suelen ser constantes

Existe una segmentación clara en las diferentes áreas culturales, ya que hay muchas más mujeres dedicadas a la danza que a la escritura y a la crítica, lo que trae repercusiones en la difusión y el impacto de la obra artística hecha por mujeres.

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología analiza una iniciativa de reforma a la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como principio la igualdad de género y las garantías de observar dicho principio por parte las autoridades, en las acciones realizadas y en la ejecución del presupuesto.

Se indica en la exposición de motivos, que la participación de las mujeres en el ámbito cultural, debe darse en términos de igualdad, como en cualquier otro ámbito; sin embargo, en los casos en los que su fuente de empleo está relacionada con la cultura, la discriminación y las desventajas son constantes.

Así, el cometido de esta iniciativa es adicionar a los principios rectores de la Ley el de garantizar y promover la igualdad de género; definir la igualdad de género, en el glosario de la Norma, como la situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en el ámbito cultural.

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Y se busca incluir la obligación de la Secretaría de Cultura de administrar los recursos, de acuerdo a la normatividad vigente, respecto a lo relativo a la igualdad de género, para armonizarla de manera directa con el artículo 9º, de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de San Luis Potosí, en materia de conformación de presupuesto bajo el criterio de igualdad, por parte del Ejecutivo del Estado.

Se indica que estas reformas no solo buscan realizar esa armonización en la Ley respecto a temas presupuestarios, sino que fundamentalmente, tratan de cristalizar el contenido del segundo párrafo del artículo 8º de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, y proveer las bases para llevarla al ámbito cultural.

La iniciativa busca adicionar la fracción XII al artículo 3, adicionar fracción XXX al artículo 5, reformar el artículo 8, y reformar fracción III del artículo 10, todos de y a la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

Existe una segmentación clara en las diferentes áreas culturales, ya que hay muchas más mujeres dedicadas a la danza que a la escritura y a la crítica, lo que trae repercusiones en la difusión y el impacto de la obra artística hecha por mujeres.

La Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología analiza una iniciativa de reforma a la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Potosí, para establecer como principio la igualdad de género y las garantías de observar dicho principio por parte las autoridades, en las acciones realizadas y en la ejecución del presupuesto.

Se indica en la exposición de motivos, que la participación de las mujeres en el ámbito cultural, debe darse en términos de igualdad, como en cualquier otro ámbito; sin embargo, en los casos en los que su fuente de empleo está relacionada con la cultura, la discriminación y las desventajas son constantes.

Así, el cometido de esta iniciativa es adicionar a los principios rectores de la Ley el de garantizar y promover la igualdad de género; definir la igualdad de género, en el glosario de la Norma, como la situación en la cual mujeres y hombres acceden con las mismas posibilidades y oportunidades al uso, control y beneficio de bienes, servicios y recursos de la sociedad, así como a la toma de decisiones en el ámbito cultural.

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Y se busca incluir la obligación de la Secretaría de Cultura de administrar los recursos, de acuerdo a la normatividad vigente, respecto a lo relativo a la igualdad de género, para armonizarla de manera directa con el artículo 9º, de la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de San Luis Potosí, en materia de conformación de presupuesto bajo el criterio de igualdad, por parte del Ejecutivo del Estado.

Se indica que estas reformas no solo buscan realizar esa armonización en la Ley respecto a temas presupuestarios, sino que fundamentalmente, tratan de cristalizar el contenido del segundo párrafo del artículo 8º de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, y proveer las bases para llevarla al ámbito cultural.

La iniciativa busca adicionar la fracción XII al artículo 3, adicionar fracción XXX al artículo 5, reformar el artículo 8, y reformar fracción III del artículo 10, todos de y a la Ley de Cultura para el Estado y Municipios de San Luis Potosí.

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