/ jueves 28 de enero de 2021

Suspende actividades el Tribunal de Justicia

La medida, para garantizar la protección de servidoras y servidores públicos del Poder Judicial del Estado

Ante el semáforo rojo de máximo riesgo que implica la enfermedad por el virus SARS-COV2-COVID 19, los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, emitieron conjuntamente el Acuerdo General Quinto, mediante el cual se adoptan medidas de contingencia en los órganos administrativos y jurisdiccionales y se decreta la suspensión de actividades del 28 de enero al 9 de febrero.

Dichas medidas se han adoptado a fin de garantizar la protección de las servidoras y los servidores públicos que conforman el Poder Judicial del Estado, así como de las personas justiciables en general. Quedan exceptuadas aquellas resoluciones de primera y segunda instancia que se tengan que dictar en cumplimiento a las ejecutorias de amparo.

Con la finalidad de evitar la concentración de personas, y con ello, la propagación del virus, en dicho acuerdo se determina la suspensión de las actividades en los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia y administrativos del Poder Judicial del Estado, por lo que no correrán términos procesales en materia civil, mercantil, familiar y laboral, en el período mencionado. En los Juzgados Penales del Sistema Tradicional, de Justicia Especializado en Adolescentes y ejecución de medidas tradicional, así como en los Juzgados Mixtos de Primera Instancia que conozcan de la materia penal y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado, se implementarán guardias para atender los asuntos urgentes.

En los Centros Integrales de Justicia y en los Tribunales de Juicio Oral, no se suspenderán términos procesales ni audiencias, las cuales se llevarán a cabo a través de videoconferencia o presenciales según lo determinen los operadores jurisdiccionales, en audiencia privada y sólo con las partes involucradas.

En el Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas a favor de la Mujer y de Procedimientos no Controvertidos y en los Juzgados Familiares del 1er., 2o., 3o. y 6o. Distrito Judicial con residencia en la ciudad de SLP, Matehuala, Rioverde y Cd. Valles, deberán implementarse guardias para asuntos urgentes, la emisión de las órdenes de protección y consignación de pago por alimentos; así como el Área de Recursos Financieros para la liberación de los cheques de depósito.

Leer más de El Sol de San Luis

Ante el semáforo rojo de máximo riesgo que implica la enfermedad por el virus SARS-COV2-COVID 19, los Plenos del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, emitieron conjuntamente el Acuerdo General Quinto, mediante el cual se adoptan medidas de contingencia en los órganos administrativos y jurisdiccionales y se decreta la suspensión de actividades del 28 de enero al 9 de febrero.

Dichas medidas se han adoptado a fin de garantizar la protección de las servidoras y los servidores públicos que conforman el Poder Judicial del Estado, así como de las personas justiciables en general. Quedan exceptuadas aquellas resoluciones de primera y segunda instancia que se tengan que dictar en cumplimiento a las ejecutorias de amparo.

Con la finalidad de evitar la concentración de personas, y con ello, la propagación del virus, en dicho acuerdo se determina la suspensión de las actividades en los órganos jurisdiccionales de primera y segunda instancia y administrativos del Poder Judicial del Estado, por lo que no correrán términos procesales en materia civil, mercantil, familiar y laboral, en el período mencionado. En los Juzgados Penales del Sistema Tradicional, de Justicia Especializado en Adolescentes y ejecución de medidas tradicional, así como en los Juzgados Mixtos de Primera Instancia que conozcan de la materia penal y de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado, se implementarán guardias para atender los asuntos urgentes.

En los Centros Integrales de Justicia y en los Tribunales de Juicio Oral, no se suspenderán términos procesales ni audiencias, las cuales se llevarán a cabo a través de videoconferencia o presenciales según lo determinen los operadores jurisdiccionales, en audiencia privada y sólo con las partes involucradas.

En el Juzgado Especializado en Órdenes de Protección de Emergencia y Preventivas a favor de la Mujer y de Procedimientos no Controvertidos y en los Juzgados Familiares del 1er., 2o., 3o. y 6o. Distrito Judicial con residencia en la ciudad de SLP, Matehuala, Rioverde y Cd. Valles, deberán implementarse guardias para asuntos urgentes, la emisión de las órdenes de protección y consignación de pago por alimentos; así como el Área de Recursos Financieros para la liberación de los cheques de depósito.

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