/ viernes 29 de junio de 2018

Dependencias de gobierno respetan veda electoral en redes sociales

Tras el inicio de la veda electoral el día de ayer, las redes sociales de las dependencias del gobierno municipal se han apegado al blindaje electoral eliminando todo el contenido e información.

En cumplimiento de las leyes electorales enfocadas en garantizar elecciones equitativas, libres, los distintos órganos gubernamentales se vieron en la necesidad de modificar sus redes sociales según lo constató este matutino.

Las cuentas de las dependencias del gobierno municipal eliminaron momentáneamente todo el contenido y si bien, no se modificaron sus imágenes institucionales de Facebook y Twitter, algunas sí modificaron sus encabezados señalando que “en apego a las disposiciones legales y normativas en material electoral el contenido sería modificado temporalmente”, mencionan las cuentas.

Por otro lado se sancionarán a los servidores que utilicen vehículos institucionales o porten distintivos que hagan referencia al nivel de gobierno al que pertenece dieron a conocer autoridades del ayuntamiento soledense.

Así, después 90 días de campañas el periodo electoral concluyó y existe un lapso de tres días 28, 29 y 30 de junio conocido como “veda electoral”.

En este tiempo, los candidatos y partidos cesan sus actividades, mientras que los ciudadanos deciden, sino es que no lo han hecho, por quién van a votar.

¿Qué dice la ley?

La veda electoral se encuentra establecida en el artículo 210, punto 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales el cual señala que “la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral”.

El artículo 213 punto 2 de la misma Ley dice: “los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales”.

¿Qué no se puede hacer?

Del 28 de junio al 1 de julio no se pueden realizar actos públicos de campaña en donde se promuevan las plataformas políticas de partidos o coaliciones; la propaganda se restringe completamente en radio y televisión y, de igual forma, no se pueden hacer inserciones en prensa.


Tras el inicio de la veda electoral el día de ayer, las redes sociales de las dependencias del gobierno municipal se han apegado al blindaje electoral eliminando todo el contenido e información.

En cumplimiento de las leyes electorales enfocadas en garantizar elecciones equitativas, libres, los distintos órganos gubernamentales se vieron en la necesidad de modificar sus redes sociales según lo constató este matutino.

Las cuentas de las dependencias del gobierno municipal eliminaron momentáneamente todo el contenido y si bien, no se modificaron sus imágenes institucionales de Facebook y Twitter, algunas sí modificaron sus encabezados señalando que “en apego a las disposiciones legales y normativas en material electoral el contenido sería modificado temporalmente”, mencionan las cuentas.

Por otro lado se sancionarán a los servidores que utilicen vehículos institucionales o porten distintivos que hagan referencia al nivel de gobierno al que pertenece dieron a conocer autoridades del ayuntamiento soledense.

Así, después 90 días de campañas el periodo electoral concluyó y existe un lapso de tres días 28, 29 y 30 de junio conocido como “veda electoral”.

En este tiempo, los candidatos y partidos cesan sus actividades, mientras que los ciudadanos deciden, sino es que no lo han hecho, por quién van a votar.

¿Qué dice la ley?

La veda electoral se encuentra establecida en el artículo 210, punto 1 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales el cual señala que “la distribución o colocación de la propaganda electoral deberá respetar los tiempos legales que se establezcan para cada caso, su retiro o fin de su distribución deberá efectuarse tres días antes de la jornada electoral”.

El artículo 213 punto 2 de la misma Ley dice: “los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales”.

¿Qué no se puede hacer?

Del 28 de junio al 1 de julio no se pueden realizar actos públicos de campaña en donde se promuevan las plataformas políticas de partidos o coaliciones; la propaganda se restringe completamente en radio y televisión y, de igual forma, no se pueden hacer inserciones en prensa.


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