/ jueves 9 de septiembre de 2021

SCJN faculta a Jueces para no penalizar el aborto

No quiere decir que se obligue a los estados a cambiar sus códigos penales al respecto, sin embargo al ser el máximo tribunal en el país, el criterio que fija de alguna manera si empieza a obligar al Juez a tomarlo en consideración”

El pronunciamiento de inconstitucionalidad sobre la penalización del aborto, emitido en Pleno por la Suprema Corte de Justicia e la Nación, marca pautas de obligatoriedad a los jueces penales de todo el país, para que dejen de aplicar algún artículo o norma en ese sentido.

Lo anterior significa que de manera independiente a si en cada entidad federativa se haya aprobado o no la despenalización del aborto, los jueces están obligados a considerar el pronunciamiento de la SCJN y dejar sin efecto acusaciones al respecto.

Así lo detalló, la abogada penalista Scarlet Calidonio Ruiz, “al pronunciarse la Corte en cuanto a que es inconstitucional penalizar el aborto, no quiere decir que se obligue a los estados a cambiar sus códigos penales al respecto, sin embargo al ser el máximo tribunal en el país, el criterio que fija de alguna manera si empieza a obligar a los jueces a tomarlo en consideración”.

La abogada detalló que los jueces no están facultados para eliminar una norma, pero sí para dejar de aplicar o inaplicar algún artículo o una norma,“en este caso de alguna manera este dictamen de la corte si empieza a obligar a los jueces de todo el país a que dejen de penalizar el aborto”.

Añadió que no importa que en San Luis Potosí no haya prosperado la iniciativa de despenalizar el aborto “porque la declaratoria de inconstitucionalidad viene de un ente superior, y nada tiene que ver lo que digan las constituciones locales, y no es pretexto para la no aplicación del pronunciamiento al respecto”.

El pronunciamiento de inconstitucionalidad sobre la penalización del aborto, emitido en Pleno por la Suprema Corte de Justicia e la Nación, marca pautas de obligatoriedad a los jueces penales de todo el país, para que dejen de aplicar algún artículo o norma en ese sentido.

Lo anterior significa que de manera independiente a si en cada entidad federativa se haya aprobado o no la despenalización del aborto, los jueces están obligados a considerar el pronunciamiento de la SCJN y dejar sin efecto acusaciones al respecto.

Así lo detalló, la abogada penalista Scarlet Calidonio Ruiz, “al pronunciarse la Corte en cuanto a que es inconstitucional penalizar el aborto, no quiere decir que se obligue a los estados a cambiar sus códigos penales al respecto, sin embargo al ser el máximo tribunal en el país, el criterio que fija de alguna manera si empieza a obligar a los jueces a tomarlo en consideración”.

La abogada detalló que los jueces no están facultados para eliminar una norma, pero sí para dejar de aplicar o inaplicar algún artículo o una norma,“en este caso de alguna manera este dictamen de la corte si empieza a obligar a los jueces de todo el país a que dejen de penalizar el aborto”.

Añadió que no importa que en San Luis Potosí no haya prosperado la iniciativa de despenalizar el aborto “porque la declaratoria de inconstitucionalidad viene de un ente superior, y nada tiene que ver lo que digan las constituciones locales, y no es pretexto para la no aplicación del pronunciamiento al respecto”.

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