/ jueves 25 de junio de 2020

Reglamentan uso de motocicletas y motonetas

El Congreso del Estado aprueba diversos ordenamientos y tiene en puerta otros para reguilar el uso de estas unidades

Las reformas a la Ley de Tránsito de San Luis Potosí aprobadas en reunión de la Comisión de Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado, establecen que en las motocicletas o motonetas, no podrán viajar más de dos personas y tampoco niños menores de seis años.

De esta manera, será en la reglamentación correspondiente donde se establezcan las multas a quien no acate estas disposiciones, en caso de que el dictamen aprobado también pase en el pleno, donde será sometido a consideración de los 27 integrantes de la LXII Legislatura.

En el caso de los mayores de 6 años de edad, podrán ser transportados siempre y cuando cuenten con el equipo de protección adecuado.

La reforma tiene como finalidad establecer medidas de seguridad y protección a menores de 6 años de edad que son transportados en motocicletas, pues derivado del uso frecuente de este vehículo por los beneficios que proporciona, los padres han minimizado el problema, exponiendo la integridad física e incluso la vida de sus hijos, por lo que es una obligación del Estado garantizar, salvaguardar y defender la vida de las niñas y niños.

Se encuentran en análisis otras iniciativas que proponen que los motocicletas porten en su chaleco o chamarra, el número de las placas de la unidad, para que sean visibles a las autoridades de tránsito o de seguridad, ya que generalmente las placas son pequeñas y los datos no se pueden ver a cierta distancia.

También se aprobó recientemente que todas las motocicletas o motonetas que salen del establecimiento de venta, lo tienen qué hacer con tarjeta de circulación y placas, debido a que las autoridades federales no tienen la información de estas unidas ante cualquier hecho que se presente.

Las reformas a la Ley de Tránsito de San Luis Potosí aprobadas en reunión de la Comisión de Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado, establecen que en las motocicletas o motonetas, no podrán viajar más de dos personas y tampoco niños menores de seis años.

De esta manera, será en la reglamentación correspondiente donde se establezcan las multas a quien no acate estas disposiciones, en caso de que el dictamen aprobado también pase en el pleno, donde será sometido a consideración de los 27 integrantes de la LXII Legislatura.

En el caso de los mayores de 6 años de edad, podrán ser transportados siempre y cuando cuenten con el equipo de protección adecuado.

La reforma tiene como finalidad establecer medidas de seguridad y protección a menores de 6 años de edad que son transportados en motocicletas, pues derivado del uso frecuente de este vehículo por los beneficios que proporciona, los padres han minimizado el problema, exponiendo la integridad física e incluso la vida de sus hijos, por lo que es una obligación del Estado garantizar, salvaguardar y defender la vida de las niñas y niños.

Se encuentran en análisis otras iniciativas que proponen que los motocicletas porten en su chaleco o chamarra, el número de las placas de la unidad, para que sean visibles a las autoridades de tránsito o de seguridad, ya que generalmente las placas son pequeñas y los datos no se pueden ver a cierta distancia.

También se aprobó recientemente que todas las motocicletas o motonetas que salen del establecimiento de venta, lo tienen qué hacer con tarjeta de circulación y placas, debido a que las autoridades federales no tienen la información de estas unidas ante cualquier hecho que se presente.

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