/ miércoles 18 de enero de 2017

Recomienda COEPRIS no creer en “productos milagro

San Luis Potosí, S.L.P.-

225 visitas de verificación a expendios, 11 inspecciones afábricas, 103 productos muestreados para dictamen de su etiqueta,mil 837 frascos asegurados por manifestar en su etiqueta efectosterapéuticos, es el saldo que dejó la Comisión Estatal para laProtección contra Riesgos Sanitarios, COEPRIS, es el saldo de lasactividades implementadas para la vigilancia de suplementosalimenticios denominados “Productos milagro”.

Lo anterior lo refirió Yolanda Guerrero Chávez, Subdirectorade Operación Sanitaria de la COEPRIS, quien dio a conocer queademás de lo anterior, en el 2016 se realizaron 4 actos dedestrucción de 37 productos y 81 monitoreos de productos de estetipo.

La Secretaría de Salud implementó a través de la dependenciala revisión y sobre todo de productos que no cuentan con unregistro sanitario y pretenden tener carácter terapéutico através de la publicidad que muestran.

“Los suplementos alimenticios son productos a base de hierbas,extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados oconcentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas ominerales,  que se puedan presentar en forma farmacéutica”.

Estos suplementos buscan incrementar la ingesta dietéticatotal, complementarla o suplir alguno de sus componentes, puesalgunas personas no la obtienen en su alimentación y por ellorecurren a los suplementos alimenticios.

Están compuestos principalmente de Carbohidratos, Proteínas,Ácidos grasos, Aminoácidos,  Hierbas o algas, Alimentostradicionales, Vitaminas y minerales.

Explicó que no deberán contener efedrina, yohimbina, germanio,hormonas animales o humanas, plantas o sustancias con acciónfarmacológica reconocida. Además, su etiquetado no podrá incluirindicaciones con relación a enfermedades, síndromes, signos osíntomas, ni aquellos que refieran  datos anatómicos ofisiológicos.

Así tampoco tener imágenes o declaraciones relacionadas conenfermedades, además de información que confunda, exagere oengañe así como indicaciones preventivas, rehabilitadoras oterapéuticas.

Y por ningún motivo debe ostentar leyendas como “Notificadoante la SSA”, “Producto elaborado bajo las normas de la SSA”,“Producto elaborado bajo las normas de la COFEPRIS”,“Producto autorizado por la SSA”.

Reporta que los riesgos a la salud en el consumo de estosproductos que se atribuyen acciones terapéuticas orehabilitadoras, van desde dejar de llevar el tratamiento médicodebido a la publicidad engañosa ya que estos no están destinadospara diagnosticar, tratar, prevenir o curar enfermedades, apresentar reacciones adversas por el consumo excesivo de vitaminaso minerales.

San Luis Potosí, S.L.P.-

225 visitas de verificación a expendios, 11 inspecciones afábricas, 103 productos muestreados para dictamen de su etiqueta,mil 837 frascos asegurados por manifestar en su etiqueta efectosterapéuticos, es el saldo que dejó la Comisión Estatal para laProtección contra Riesgos Sanitarios, COEPRIS, es el saldo de lasactividades implementadas para la vigilancia de suplementosalimenticios denominados “Productos milagro”.

Lo anterior lo refirió Yolanda Guerrero Chávez, Subdirectorade Operación Sanitaria de la COEPRIS, quien dio a conocer queademás de lo anterior, en el 2016 se realizaron 4 actos dedestrucción de 37 productos y 81 monitoreos de productos de estetipo.

La Secretaría de Salud implementó a través de la dependenciala revisión y sobre todo de productos que no cuentan con unregistro sanitario y pretenden tener carácter terapéutico através de la publicidad que muestran.

“Los suplementos alimenticios son productos a base de hierbas,extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados oconcentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas ominerales,  que se puedan presentar en forma farmacéutica”.

Estos suplementos buscan incrementar la ingesta dietéticatotal, complementarla o suplir alguno de sus componentes, puesalgunas personas no la obtienen en su alimentación y por ellorecurren a los suplementos alimenticios.

Están compuestos principalmente de Carbohidratos, Proteínas,Ácidos grasos, Aminoácidos,  Hierbas o algas, Alimentostradicionales, Vitaminas y minerales.

Explicó que no deberán contener efedrina, yohimbina, germanio,hormonas animales o humanas, plantas o sustancias con acciónfarmacológica reconocida. Además, su etiquetado no podrá incluirindicaciones con relación a enfermedades, síndromes, signos osíntomas, ni aquellos que refieran  datos anatómicos ofisiológicos.

Así tampoco tener imágenes o declaraciones relacionadas conenfermedades, además de información que confunda, exagere oengañe así como indicaciones preventivas, rehabilitadoras oterapéuticas.

Y por ningún motivo debe ostentar leyendas como “Notificadoante la SSA”, “Producto elaborado bajo las normas de la SSA”,“Producto elaborado bajo las normas de la COFEPRIS”,“Producto autorizado por la SSA”.

Reporta que los riesgos a la salud en el consumo de estosproductos que se atribuyen acciones terapéuticas orehabilitadoras, van desde dejar de llevar el tratamiento médicodebido a la publicidad engañosa ya que estos no están destinadospara diagnosticar, tratar, prevenir o curar enfermedades, apresentar reacciones adversas por el consumo excesivo de vitaminaso minerales.

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