/ jueves 10 de octubre de 2024

Presidente del STJE justifica liberación del feminicida de Lupita Viramontes

Se aplicó la ley de manera retroactiva, lo que permitió a Guillermo, actualmente de 27 años de edad, acceder al beneficio de una condena reducida

Aunque para las víctimas parece injusto que un adolescente que cometió un crimen, quede en libertad en poco tiempo, el juzgador tiene que ver por ambas partes, señaló el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Arturo Morales Silva, en referencia a la liberación de uno de los feminicidas de Guadalupe Viramontes Cruz “Lupita”.

Este martes el Juzgado Especializado en Adolescentes y Ejecución de Medidas del Sistema Tradicional concedió una reducción de la condena a Guillermo N., uno de los feminicidas de Lupita Viramontes, por lo que solamente cumplirá una pena de un año 7 meses privado de la libertad, situación que causó indignación en la familia de la víctima y en colectivas.

Al respecto, Morales Silva explicó que en el tiempo en que ocurrió el feminicidio -2012- la Ley de Justicia para Adolescentes en el Estado preveía como máxima, la sentencia de 5 años, y en este caso, se aplicó la ley de manera retroactiva, lo que permitió a Guillermo, actualmente de 27 años de edad, acceder al beneficio de una condena reducida.

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Señaló que el Artículo 14 constitucional permite la aplicación de la ley de manera retroactiva, por lo que es común que se aplique de esta manera ya que está legalmente está permitido, aunque reconoció que esto genera molestia y un sentimiento de injusticia en las víctimas, sin embargo destacó que los juzgadores “tenemos que ver ambas partes no solamente a las víctimas sino también por el lado de los sentenciados”.

El Presidente del Poder Judicial señaló que no es común que los adolescentes cumplan penas en prisión, debido a que la ley establece medidas alternas cuando cometen delitos no graves, y sólo se recurre a la privación de la libertad cuando incurren en delitos graves, como es el homicidio, feminicidio, secuestro o delitos relacionados a delincuencia organizada.

Sobre esto último, indicó que “lamentablemente muchos jóvenes se ven involucrados en ese tipo de conductas, pero la Ley de Adolescentes establece otras medidas alternas a la prisión y muchas veces pueden llevar sus asuntos en libertad, tomando en cuenta que son adolescentes, no son juzgados ni tratados como adultos”.

Aunque para las víctimas parece injusto que un adolescente que cometió un crimen, quede en libertad en poco tiempo, el juzgador tiene que ver por ambas partes, señaló el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura, Arturo Morales Silva, en referencia a la liberación de uno de los feminicidas de Guadalupe Viramontes Cruz “Lupita”.

Este martes el Juzgado Especializado en Adolescentes y Ejecución de Medidas del Sistema Tradicional concedió una reducción de la condena a Guillermo N., uno de los feminicidas de Lupita Viramontes, por lo que solamente cumplirá una pena de un año 7 meses privado de la libertad, situación que causó indignación en la familia de la víctima y en colectivas.

Al respecto, Morales Silva explicó que en el tiempo en que ocurrió el feminicidio -2012- la Ley de Justicia para Adolescentes en el Estado preveía como máxima, la sentencia de 5 años, y en este caso, se aplicó la ley de manera retroactiva, lo que permitió a Guillermo, actualmente de 27 años de edad, acceder al beneficio de una condena reducida.

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Señaló que el Artículo 14 constitucional permite la aplicación de la ley de manera retroactiva, por lo que es común que se aplique de esta manera ya que está legalmente está permitido, aunque reconoció que esto genera molestia y un sentimiento de injusticia en las víctimas, sin embargo destacó que los juzgadores “tenemos que ver ambas partes no solamente a las víctimas sino también por el lado de los sentenciados”.

El Presidente del Poder Judicial señaló que no es común que los adolescentes cumplan penas en prisión, debido a que la ley establece medidas alternas cuando cometen delitos no graves, y sólo se recurre a la privación de la libertad cuando incurren en delitos graves, como es el homicidio, feminicidio, secuestro o delitos relacionados a delincuencia organizada.

Sobre esto último, indicó que “lamentablemente muchos jóvenes se ven involucrados en ese tipo de conductas, pero la Ley de Adolescentes establece otras medidas alternas a la prisión y muchas veces pueden llevar sus asuntos en libertad, tomando en cuenta que son adolescentes, no son juzgados ni tratados como adultos”.

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