El Congreso del Estado ampliará el alcance de los servicios de traducción e interpretación a personas con discapacidad y a quienes cuya primera lengua no sea el español.
Se propone establecer que compete a los traductores e intérpretes adscritos a la Coordinación General de la Defensoría Social y de Oficio, auxiliar y asistir a las personas y comunidades indígenas, a las personas con alguna discapacidad que afecte su comunicación, así como personas cuya primera lengua no sea el español que precisen de los servicios de los mismos.
Con ese fin, reformará los artículos 30 y 31 de la Ley de Defensoría Social del Estado de San Luis Potosí.
Actualmente, la legislación limita los servicios de traducción a las personas y comunidades indígenas. Esta limitación deja sin atención a otros grupos poblacionales que también requieren de estos servicios para acceder a la justicia y a otros derechos fundamentales.
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Se indica que se busca atender a las personas con discapacidad que afecte su comunicación, que incluye a personas con sordera, hipoacusia, disartria, afasia, y otras discapacidades que afectan la capacidad de hablar o comprender el lenguaje oral.
Y también, atiende a personas cuya primera lengua no sea el español, como migrantes, refugiados, y personas pertenecientes a grupos minoritarios lingüísticos provenientes de otro país y que ahora habitan la entidad. Respecto a este último punto, cabe recordar que el desarrollo industrial y comercial de nuestra entidad ha conllevado que mucho personal de otras naciones, ahora radiquen en San Luis Potosí.
La iniciativa se analiza en comisiones legislativas para su dictamen correspondiente.