/ miércoles 27 de octubre de 2021

Pese a ser delito, siguen las llamadas falsas a números de emergencia

Tan solo de septiembre a la fecha de octubre, se recibieron un total de 92 mil 461 llamadas

A pesar de que hacer llamadas falsas a las líneas de emergencia está estipulado como delito en el Código Penal del Estado y que derivado de esta acción, los llamados de auxilio reales no son atendidos, la población sigue haciendo mal uso de este recurso.

Tan solo de septiembre a la fecha de octubre, se recibieron un total de 92 mil 461 llamadas, de las cuales 66 mil 418 fueron falsas o improcedentes, mientras que solo 26 mil 43 fueron reales.

Por el alto porcentaje de llamadas de broma o falsas, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) a través de su Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C-4), hace nuevamente un llamado a la población a que haga un uso correcto y responsable de la línea de emergencia 911 y 089 denuncia anónima.

La SSPE reiteró que de acuerdo a lo estipulado en los artículos 277 y 278, del Código Penal San Luis Potosí, se castigará con una pena de prisión de uno a cuatro años, así como una sanción pecuniaria de cien a cuatrocientos días de salario mínimo vigente en el estado en el momento de la comisión del delito, a todo aquel que quien a través de teléfono fijo o celular, realice falsas solicitudes de auxilio o reportes falsos, que distraigan o movilicen a las autoridades de la seguridad, con el propósito de dificultar el ejercicio de sus funciones o causar alarma en la población.

El artículo 279 del Código Penal del estado, manifiesta que a quien realice o consienta que desde un teléfono fijo o celular, de su propiedad, o que se encuentre bajo su control, se efectúen llamadas de auxilio a los servicios de emergencias, sin que exista acontecimiento que lo justifique, se le castigará con una pena de prisión de seis meses a tres años de prisión y con sanción pecuniaria de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente en el momento de la comisión del delito.

En los artículos anteriores en caso de reincidencia se impondrá hasta el doble de las penas mencionadas, la importancia de hacer buen uso de las líneas de emergencia radica en que el personal de emergencias médicas, seguridad, bomberos, protección civil, violencia de género y otros, acudan de manera inmediata a brindar atención y apoyo ante un hecho que ponga en riesgo a la población.

Mientras que una llamada falsa o de broma no sólo distrae recursos humanos y tecnológicos, sino también evita que el sistema sea utilizado para atender eventos reales que puedan poner en peligro a las personas y su patrimonio.

A pesar de que hacer llamadas falsas a las líneas de emergencia está estipulado como delito en el Código Penal del Estado y que derivado de esta acción, los llamados de auxilio reales no son atendidos, la población sigue haciendo mal uso de este recurso.

Tan solo de septiembre a la fecha de octubre, se recibieron un total de 92 mil 461 llamadas, de las cuales 66 mil 418 fueron falsas o improcedentes, mientras que solo 26 mil 43 fueron reales.

Por el alto porcentaje de llamadas de broma o falsas, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado (SSPE) a través de su Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo (C-4), hace nuevamente un llamado a la población a que haga un uso correcto y responsable de la línea de emergencia 911 y 089 denuncia anónima.

La SSPE reiteró que de acuerdo a lo estipulado en los artículos 277 y 278, del Código Penal San Luis Potosí, se castigará con una pena de prisión de uno a cuatro años, así como una sanción pecuniaria de cien a cuatrocientos días de salario mínimo vigente en el estado en el momento de la comisión del delito, a todo aquel que quien a través de teléfono fijo o celular, realice falsas solicitudes de auxilio o reportes falsos, que distraigan o movilicen a las autoridades de la seguridad, con el propósito de dificultar el ejercicio de sus funciones o causar alarma en la población.

El artículo 279 del Código Penal del estado, manifiesta que a quien realice o consienta que desde un teléfono fijo o celular, de su propiedad, o que se encuentre bajo su control, se efectúen llamadas de auxilio a los servicios de emergencias, sin que exista acontecimiento que lo justifique, se le castigará con una pena de prisión de seis meses a tres años de prisión y con sanción pecuniaria de sesenta a trescientos días del valor de la unidad de medida y actualización vigente en el momento de la comisión del delito.

En los artículos anteriores en caso de reincidencia se impondrá hasta el doble de las penas mencionadas, la importancia de hacer buen uso de las líneas de emergencia radica en que el personal de emergencias médicas, seguridad, bomberos, protección civil, violencia de género y otros, acudan de manera inmediata a brindar atención y apoyo ante un hecho que ponga en riesgo a la población.

Mientras que una llamada falsa o de broma no sólo distrae recursos humanos y tecnológicos, sino también evita que el sistema sea utilizado para atender eventos reales que puedan poner en peligro a las personas y su patrimonio.

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