/ jueves 24 de mayo de 2018

Mujeres casadas podrán quedarse con su apellido de solteras

Los diputados aprobaron por mayoría reformas al Código Civil para que la mujer casada mantenga su apellido de soltera sin posibilidad de agregar la pre posición “de” ni el apellido del esposo; fueron 15 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones.

Derogaron los artículos 19.4 y 19.5 que establecían que: La mujer casada podrá agregar a su nombre de soltera y anteponiendo la preposición “de” uno o dos apellidos de su marido; además, que “el uso del apellido conyugal, subsistirá por todo el tiempo que se conserve el vínculo matrimonial o cuando ocurra la viudez. No se podrá utilizar dicho apellido en los casos de divorcio o de ilegitimidad del matrimonio”.

La diputada Martha Orta Rodríguez, promovente de esta iniciativa, señaló que el dicho articulado contravenía los derechos reconocidos en nuestra Carta Fundamental, así como en los diversos instrumentos internacionales signados por nuestro país, al cosificar a la mujer y reconocer explícitamente una práctica social, que si bien ha sido aplicada en años pasados en nuestro país, actualmente es retrograda y contraviene los derechos humanos, así como establece una diferenciación entre el hombre y la mujer casada.

“Es un avance en materia de derechos humanos de las mujeres, y de todas las personas, el que en San Luis Potosí no tengamos que determinar si somos propiedad de alguien a través de una preposición como el “de”. Hoy yo celebro que la mayoría de los y las legisladoras hayan aprobado esta reforma al Código Civil del Estado y que permita visibilizar en el contrato matrimonial que las mujeres estamos en un ámbito de igualdad entre hombres y las mujeres”.

En el mismo tema, la diputada Xitlálic Sánchez Servín, presidenta de la Comisión de Justicia, manifestó que se derogaron estos artículos para estar en concordancia con las disposiciones que establece el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Convención Americana de los Derechos Humanos; y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; así como los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Es un tema donde tenemos la pauta perfecta para erradicar hasta esos mínimos artículos en los que se presenta un machismo muy marcado, yo creo que hoy cada una de las mujeres vale por lo que son, por lo que representan y no necesitan ser propiedad de absolutamente nadie, la sola preposición “de”, significa propiedad, significa pertenencia y yo creo que hoy cada una de las mujeres ha ganado su espacio dentro de esta sociedad y eso es lo que tiene que ser respetado”.

Estos artículos fueron derogados por tratarse de dispositivos que cosificaban a la mujer, y en consecuencia la discriminaban, transgrediendo sus derechos fundamentales.

Los diputados aprobaron por mayoría reformas al Código Civil para que la mujer casada mantenga su apellido de soltera sin posibilidad de agregar la pre posición “de” ni el apellido del esposo; fueron 15 votos a favor, cinco en contra y tres abstenciones.

Derogaron los artículos 19.4 y 19.5 que establecían que: La mujer casada podrá agregar a su nombre de soltera y anteponiendo la preposición “de” uno o dos apellidos de su marido; además, que “el uso del apellido conyugal, subsistirá por todo el tiempo que se conserve el vínculo matrimonial o cuando ocurra la viudez. No se podrá utilizar dicho apellido en los casos de divorcio o de ilegitimidad del matrimonio”.

La diputada Martha Orta Rodríguez, promovente de esta iniciativa, señaló que el dicho articulado contravenía los derechos reconocidos en nuestra Carta Fundamental, así como en los diversos instrumentos internacionales signados por nuestro país, al cosificar a la mujer y reconocer explícitamente una práctica social, que si bien ha sido aplicada en años pasados en nuestro país, actualmente es retrograda y contraviene los derechos humanos, así como establece una diferenciación entre el hombre y la mujer casada.

“Es un avance en materia de derechos humanos de las mujeres, y de todas las personas, el que en San Luis Potosí no tengamos que determinar si somos propiedad de alguien a través de una preposición como el “de”. Hoy yo celebro que la mayoría de los y las legisladoras hayan aprobado esta reforma al Código Civil del Estado y que permita visibilizar en el contrato matrimonial que las mujeres estamos en un ámbito de igualdad entre hombres y las mujeres”.

En el mismo tema, la diputada Xitlálic Sánchez Servín, presidenta de la Comisión de Justicia, manifestó que se derogaron estos artículos para estar en concordancia con las disposiciones que establece el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; la Convención Americana de los Derechos Humanos; y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; así como los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Es un tema donde tenemos la pauta perfecta para erradicar hasta esos mínimos artículos en los que se presenta un machismo muy marcado, yo creo que hoy cada una de las mujeres vale por lo que son, por lo que representan y no necesitan ser propiedad de absolutamente nadie, la sola preposición “de”, significa propiedad, significa pertenencia y yo creo que hoy cada una de las mujeres ha ganado su espacio dentro de esta sociedad y eso es lo que tiene que ser respetado”.

Estos artículos fueron derogados por tratarse de dispositivos que cosificaban a la mujer, y en consecuencia la discriminaban, transgrediendo sus derechos fundamentales.

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