/ domingo 31 de marzo de 2019

Modificar la Constitución, luego despenalizar aborto

Advierte José Mario de la Garza, necesidad de reformar el Artículo 16

Para poder implementar las iniciativas que se han planteado para despenalizar el aborto en San Luis Potosí, es necesario primero modificar la Constitución Política del Estado, indicó José Mario de la Garza Marroquín, expresidente de la Barra Mexicana de Abogados.

El Congreso del Estado ya cuenta con dos iniciativas para despenalizar el aborto en San Luis Potosí, sin embargo el abogado recordó que la Legislatura pasada modificó el artículo 16 de la Constitución, en el que ahora se establece “El Estado de San Luis Potosí reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción”.

En ese sentido, indicó que para poder despenalizar el aborto, es necesario que primero se modifique dicho artículo, “si estás estableciendo que la vida se genera desde el momento de la concepción, cualquier regulación secundaria que hagas en un código penal del tema de aborto, podría contravenir la Constitución”.

Destacó que en este caso, la Constitución es la norma de mayor jerarquía, lo que deriva en que no se pueda regular el tema del aborto sin antes modificar la Constitución, sin embargo señaló como positivo que se haya entrado al análisis de este tema, “normalmente se les acusa a las mujeres de escasos recursos, a las mujeres que son víctimas de abusos sexuales, y que se ven obligadas a tener un parto no deseado, es una discusión que hay que abrir en San Luis Potosí y no hay que tenerle miedo, hay que escuchar todos los puntos de vista y ver de qué manera resuelvo las dos partes: cómo protejo la vida y cómo protejo a las mujeres víctimas de violencia”.

De la Garza Marroquín indicó que el Congreso debe cuestionarse qué es lo que se busca resolver con estas iniciativas y abrir una discusión desde el punto de vista jurídico respecto a qué se entiende por “vida”, ya que actualmente, bajo lo que establece el artículo 16, quien se practica un aborto está “privando de la vida”, y por ende, desde el marco legal, comete homicidio, por lo que insistió en la necesidad de que primero se modifique dicho artículo.

Para poder implementar las iniciativas que se han planteado para despenalizar el aborto en San Luis Potosí, es necesario primero modificar la Constitución Política del Estado, indicó José Mario de la Garza Marroquín, expresidente de la Barra Mexicana de Abogados.

El Congreso del Estado ya cuenta con dos iniciativas para despenalizar el aborto en San Luis Potosí, sin embargo el abogado recordó que la Legislatura pasada modificó el artículo 16 de la Constitución, en el que ahora se establece “El Estado de San Luis Potosí reconoce la vida humana como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que la respeta y protege desde el momento de su inicio en la concepción”.

En ese sentido, indicó que para poder despenalizar el aborto, es necesario que primero se modifique dicho artículo, “si estás estableciendo que la vida se genera desde el momento de la concepción, cualquier regulación secundaria que hagas en un código penal del tema de aborto, podría contravenir la Constitución”.

Destacó que en este caso, la Constitución es la norma de mayor jerarquía, lo que deriva en que no se pueda regular el tema del aborto sin antes modificar la Constitución, sin embargo señaló como positivo que se haya entrado al análisis de este tema, “normalmente se les acusa a las mujeres de escasos recursos, a las mujeres que son víctimas de abusos sexuales, y que se ven obligadas a tener un parto no deseado, es una discusión que hay que abrir en San Luis Potosí y no hay que tenerle miedo, hay que escuchar todos los puntos de vista y ver de qué manera resuelvo las dos partes: cómo protejo la vida y cómo protejo a las mujeres víctimas de violencia”.

De la Garza Marroquín indicó que el Congreso debe cuestionarse qué es lo que se busca resolver con estas iniciativas y abrir una discusión desde el punto de vista jurídico respecto a qué se entiende por “vida”, ya que actualmente, bajo lo que establece el artículo 16, quien se practica un aborto está “privando de la vida”, y por ende, desde el marco legal, comete homicidio, por lo que insistió en la necesidad de que primero se modifique dicho artículo.

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