/ martes 16 de abril de 2019

Memorándum de AMLO es ilegal y propio de un régimen despótico, asegura Dip. Martín Juárez

Una muestra más de desconocimiento y desprecio por el orden jurídico, por parte del Presidente López Obrador, acotó Juárez Córdova

“El memorándum del Presidente de la República para dejar sin efecto la reforma educativa es un acto propio de un régimen despótico”, afirmó el diputado Martín Juárez Córdova, quien destacó que pretender derogar la Reforma Constitucional educativa 2013 es un acto que carece de legalidad, “el Presidente López Obrador está actuado de manera autoritaria frente a la Constitución que juro respetar y hacer respetar (art. 128 constitucional), transgrediendo el Estado de Derecho y los principios de legalidad, es una muestra más del desconocimiento y desprecio por el orden jurídico”.

Juárez Córdova resaltó que el Presidente no puede dar la instrucción de “dejar sin efecto” leyes que han sido aprobadas por el Congreso de la Unión y que se encuentran en plena vigencia, “así nada más porque se le ocurre.”

Recordó que el pasado 27 de marzo, con base en la iniciativa presidencial, fue aprobado un dictamen por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, “es preocupante que el proceso legislativo de la Reforma Constitucional, que está en curso a partir de la iniciativa presidencial enviada, haya sido interrumpido por las negociaciones con la Coordinara Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), con la que se comprometió a ojos cerrados con tal de tener sus votos, y hoy en justa retribución le exigen que cumpla”.

Juárez Córdova sostuvo que mediante ese memorándum, López Obrador justifica la incapacidad de su gobierno y de sus Secretarios, “según el texto del documento, se realiza porque no ha sido posible hasta la fecha alcanzar un acuerdo entre el Legislativo y los distintos sectores del gremio magisterial para derogar la reforma educativa y reemplazarla por un marco legal satisfactorio, útil y funcional”, apuntó.

Asimismo Juárez Córdova resaltó que mientras la Norma Suprema señale que el régimen de la educación y la legislación secundaria esté vigente, el Ejecutivo está obligado a conducir la prestación de la función social educativa en sus términos y, en consecuencia, la ley deberá ser observada y aplicada por todas las autoridades, sin excepción “Quienes no lo hagan, estarán sujetos a las responsabilidades políticas, administrativas y penales correspondientes”.

Aseguró que el titular del Ejecutivo Federal viola la Constitución al solicitar a las dependencias no observar la Ley Fundamental y las leyes que el Congreso ha expedido, y violenta la fracción I del artículo 89 constitucional, que obliga al Ejecutivo a cumplir las leyes y decretos que expida el Congreso de la Unión, además de romper con la protesta de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen.

Por otra parte, señaló que esta acción unilateral, vulnera la división de poderes (art. 49 constitucional) y las potestades del Órgano Revisor de la Constitución, ya que de acuerdo a sus disposiciones y los principios fundamentales de la democracia, no se pueden reunir más de dos poderes en una sola persona.

Finalmente señaló de manera puntual y categórica que “si el Presidente no está de acuerdo con lo dispuesto por las leyes vigentes tiene la atribución de promover una Reforma ante el Congreso de la Unión, pero invalidarla de manera unilateral es inconstitucional y propio de un régimen despótico”.

“El memorándum del Presidente de la República para dejar sin efecto la reforma educativa es un acto propio de un régimen despótico”, afirmó el diputado Martín Juárez Córdova, quien destacó que pretender derogar la Reforma Constitucional educativa 2013 es un acto que carece de legalidad, “el Presidente López Obrador está actuado de manera autoritaria frente a la Constitución que juro respetar y hacer respetar (art. 128 constitucional), transgrediendo el Estado de Derecho y los principios de legalidad, es una muestra más del desconocimiento y desprecio por el orden jurídico”.

Juárez Córdova resaltó que el Presidente no puede dar la instrucción de “dejar sin efecto” leyes que han sido aprobadas por el Congreso de la Unión y que se encuentran en plena vigencia, “así nada más porque se le ocurre.”

Recordó que el pasado 27 de marzo, con base en la iniciativa presidencial, fue aprobado un dictamen por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados, “es preocupante que el proceso legislativo de la Reforma Constitucional, que está en curso a partir de la iniciativa presidencial enviada, haya sido interrumpido por las negociaciones con la Coordinara Nacional de Trabajadores de la Educación (CNTE), con la que se comprometió a ojos cerrados con tal de tener sus votos, y hoy en justa retribución le exigen que cumpla”.

Juárez Córdova sostuvo que mediante ese memorándum, López Obrador justifica la incapacidad de su gobierno y de sus Secretarios, “según el texto del documento, se realiza porque no ha sido posible hasta la fecha alcanzar un acuerdo entre el Legislativo y los distintos sectores del gremio magisterial para derogar la reforma educativa y reemplazarla por un marco legal satisfactorio, útil y funcional”, apuntó.

Asimismo Juárez Córdova resaltó que mientras la Norma Suprema señale que el régimen de la educación y la legislación secundaria esté vigente, el Ejecutivo está obligado a conducir la prestación de la función social educativa en sus términos y, en consecuencia, la ley deberá ser observada y aplicada por todas las autoridades, sin excepción “Quienes no lo hagan, estarán sujetos a las responsabilidades políticas, administrativas y penales correspondientes”.

Aseguró que el titular del Ejecutivo Federal viola la Constitución al solicitar a las dependencias no observar la Ley Fundamental y las leyes que el Congreso ha expedido, y violenta la fracción I del artículo 89 constitucional, que obliga al Ejecutivo a cumplir las leyes y decretos que expida el Congreso de la Unión, además de romper con la protesta de cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen.

Por otra parte, señaló que esta acción unilateral, vulnera la división de poderes (art. 49 constitucional) y las potestades del Órgano Revisor de la Constitución, ya que de acuerdo a sus disposiciones y los principios fundamentales de la democracia, no se pueden reunir más de dos poderes en una sola persona.

Finalmente señaló de manera puntual y categórica que “si el Presidente no está de acuerdo con lo dispuesto por las leyes vigentes tiene la atribución de promover una Reforma ante el Congreso de la Unión, pero invalidarla de manera unilateral es inconstitucional y propio de un régimen despótico”.

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