/ domingo 28 de abril de 2019

Indispensable colaboración entre autoridades para sancionar maltrato animal: diputada

El maltrato animal predispone a la violencia social, señaló María Isabel González Tovar al presentar iniciativa de reforma al Código Penal

La diputada María Isabel González Tovar, presentó en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, la iniciativa que propone modificaciones al Código Penal del Estado para reglamentar las disposiciones generales en materia de maltrato animal, asimismo se establece una colaboración entre las autoridades estatales y municipales a efecto de investigar y sancionar los actos violentos en perjuicio de los animales y finalmente mantener una coherencia lógica jurídica en el texto del Código en estudio, respetando en todo momento las disposiciones constitucionales.

Expuso que en la actualidad vivimos, de manera constante un clima de inseguridad e incertidumbre. El maltrato animal es, a la vez, un factor que predispone a la violencia social y, al mismo tiempo, una consecuencia de la misma. Además, forma parte de la cascada de la violencia que nos va alcanzando a todos como individuos y como sociedad.

La legisladora González Tovar, destacó que la iniciativa tiene como finalidad establecer las disposiciones generales, para lo cual se modifica el título del Capítulo IV del Código Penal del Estado, a efecto de que se incluya el Capítulo V “Maltrato a los Animales Domésticos”; de la misma forma se plantea la inclusión de la Ley Estatal de Protección a los Animales como norma supletoria para los efectos que señala el artículo 3091 del Código en estudio.

Además, señaló que es de pleno conocimiento de toda la sociedad potosina los actos de crueldad en perjuicio de animales que se han ejecutado, mismos que en casos específicos han atentado o terminado con la vida de estos seres vivos; hechos que son llevados a cabo por personas que mantienen un contacto constante y cotidiano con los animales.

Comentó que la iniciativa que está promoviendo, instituye como autoridad investigadora y sancionadora de las faltas administrativas en perjuicio de los animales, al Presidente Municipal, a través del Síndico y Secretario General, por lo que es evidente que ante la probable comisión de un hecho con apariencia del delito de maltrato animal, “el Síndico tiene la obligación de coadyuvar con la autoridad que conozca de la investigación, o el proceso penal seguido por las denuncias, o bien, cuando tenga conocimiento pleno del hecho, deberá presentar la denuncia correspondiente adjuntando todo dato de prueba que se encuentre a su alcance”.

La diputada María Isabel González, sostuvo que el Estado tiene la responsabilidad fundamental de garantizar el sano desarrollo de los animales, mediante la cultura de una sociedad respetuosa y libre de violencia hacia estos seres vivos, debiendo incorporar y desarrollar políticas públicas como mecanismos necesarios para garantizar una educación basada en el respeto a la vida de todo ser vivo que cohabita junto al hombre.

Recordó que bajo esta perspectiva, el Titulo XV, capítulo V del Código Penal del Estado de San Luis Potosí define el delito de maltrato animal, y establece las sanciones a quienes cometan violaciones a dicha norma; no obstante, el citado ordenamiento punitivo omite establecer disposiciones generales para su persecución y tratamiento judicial, lo que genera confusión en las partes intervinientes, lentitud en el procedimiento y en diversos casos, la impunidad de la conducta.

La diputada María Isabel González Tovar, presentó en Sesión Ordinaria del Congreso del Estado, la iniciativa que propone modificaciones al Código Penal del Estado para reglamentar las disposiciones generales en materia de maltrato animal, asimismo se establece una colaboración entre las autoridades estatales y municipales a efecto de investigar y sancionar los actos violentos en perjuicio de los animales y finalmente mantener una coherencia lógica jurídica en el texto del Código en estudio, respetando en todo momento las disposiciones constitucionales.

Expuso que en la actualidad vivimos, de manera constante un clima de inseguridad e incertidumbre. El maltrato animal es, a la vez, un factor que predispone a la violencia social y, al mismo tiempo, una consecuencia de la misma. Además, forma parte de la cascada de la violencia que nos va alcanzando a todos como individuos y como sociedad.

La legisladora González Tovar, destacó que la iniciativa tiene como finalidad establecer las disposiciones generales, para lo cual se modifica el título del Capítulo IV del Código Penal del Estado, a efecto de que se incluya el Capítulo V “Maltrato a los Animales Domésticos”; de la misma forma se plantea la inclusión de la Ley Estatal de Protección a los Animales como norma supletoria para los efectos que señala el artículo 3091 del Código en estudio.

Además, señaló que es de pleno conocimiento de toda la sociedad potosina los actos de crueldad en perjuicio de animales que se han ejecutado, mismos que en casos específicos han atentado o terminado con la vida de estos seres vivos; hechos que son llevados a cabo por personas que mantienen un contacto constante y cotidiano con los animales.

Comentó que la iniciativa que está promoviendo, instituye como autoridad investigadora y sancionadora de las faltas administrativas en perjuicio de los animales, al Presidente Municipal, a través del Síndico y Secretario General, por lo que es evidente que ante la probable comisión de un hecho con apariencia del delito de maltrato animal, “el Síndico tiene la obligación de coadyuvar con la autoridad que conozca de la investigación, o el proceso penal seguido por las denuncias, o bien, cuando tenga conocimiento pleno del hecho, deberá presentar la denuncia correspondiente adjuntando todo dato de prueba que se encuentre a su alcance”.

La diputada María Isabel González, sostuvo que el Estado tiene la responsabilidad fundamental de garantizar el sano desarrollo de los animales, mediante la cultura de una sociedad respetuosa y libre de violencia hacia estos seres vivos, debiendo incorporar y desarrollar políticas públicas como mecanismos necesarios para garantizar una educación basada en el respeto a la vida de todo ser vivo que cohabita junto al hombre.

Recordó que bajo esta perspectiva, el Titulo XV, capítulo V del Código Penal del Estado de San Luis Potosí define el delito de maltrato animal, y establece las sanciones a quienes cometan violaciones a dicha norma; no obstante, el citado ordenamiento punitivo omite establecer disposiciones generales para su persecución y tratamiento judicial, lo que genera confusión en las partes intervinientes, lentitud en el procedimiento y en diversos casos, la impunidad de la conducta.

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