/ lunes 9 de diciembre de 2019

Familiares de desaparecidos, ya tienen certeza jurídica

Con la nueva Ley que Regula el Procedimiento para la Emisión de la Declaratoria de Ausencia de Personas Desaparecidas del Estado de San Luis Potosí

La Declaración Especial de Ausencia es un mecanismo que permite a los familiares de personas desaparecidas resolver problemas legales y trámites que de otra manera sería imposible destrabar, para reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares.

La diputada Sonia Mendoza Díaz indicó que la nueva Ley que Regula el Procedimiento para la Emisión de la Declaratoria de Ausencia de Personas Desaparecidas del Estado de San Luis Potosí, la declaración de ausencia no podrá exceder el plazo de seis meses a partir del inicio del procedimiento y señala sus efectos hacia la persona desaparecida, los familiares o personas legitimadas por ley, una vez que ésta es emitida por el órgano jurisdiccional competente.

Así, se permitirá reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares.

Mendoza Díaz expuso que “se ha logrado un gran avance, en lo particular puedo decir que hemos logrado una nueva Ley de Declaración de Ausencia de Personas Desaparecidas, donde estamos apoyando a un grupo de personas y de mujeres que andan buscando a sus seres queridos y que luego las revictimizan y no tenían posibilidad de que les dieran el espacio para poder encontrar a sus familiares”.

Manifestó que esta nueva legislación responde a la necesidad de los familiares de personas desaparecidas, y se encuentra en concordancia con las disposiciones federales y en Tratados Internacionales en el tema.

En el procedimiento de la Declaración Especial de Ausencia se deberá, en todo momento, proteger y atender, de manera primordial, los derechos de niñas, niños y adolescentes, y velar porque la protección que se les brinde sea armónica e integral, considerando su desarrollo evolutivo y cognitivo, de conformidad con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, y la legislación aplicable en la materia; así como establecer acciones para garantizar la no discriminación.

La Declaración Especial de Ausencia es un mecanismo que permite a los familiares de personas desaparecidas resolver problemas legales y trámites que de otra manera sería imposible destrabar, para reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares.

La diputada Sonia Mendoza Díaz indicó que la nueva Ley que Regula el Procedimiento para la Emisión de la Declaratoria de Ausencia de Personas Desaparecidas del Estado de San Luis Potosí, la declaración de ausencia no podrá exceder el plazo de seis meses a partir del inicio del procedimiento y señala sus efectos hacia la persona desaparecida, los familiares o personas legitimadas por ley, una vez que ésta es emitida por el órgano jurisdiccional competente.

Así, se permitirá reconocer, proteger y garantizar la continuidad de la personalidad jurídica y los derechos de la persona desaparecida, y otorgar las medidas apropiadas para asegurar la protección más amplia a los familiares.

Mendoza Díaz expuso que “se ha logrado un gran avance, en lo particular puedo decir que hemos logrado una nueva Ley de Declaración de Ausencia de Personas Desaparecidas, donde estamos apoyando a un grupo de personas y de mujeres que andan buscando a sus seres queridos y que luego las revictimizan y no tenían posibilidad de que les dieran el espacio para poder encontrar a sus familiares”.

Manifestó que esta nueva legislación responde a la necesidad de los familiares de personas desaparecidas, y se encuentra en concordancia con las disposiciones federales y en Tratados Internacionales en el tema.

En el procedimiento de la Declaración Especial de Ausencia se deberá, en todo momento, proteger y atender, de manera primordial, los derechos de niñas, niños y adolescentes, y velar porque la protección que se les brinde sea armónica e integral, considerando su desarrollo evolutivo y cognitivo, de conformidad con la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de San Luis Potosí, y la legislación aplicable en la materia; así como establecer acciones para garantizar la no discriminación.

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