/ jueves 2 de enero de 2020

El Registro Nacional de Detenciones vulnera derechos: especialista

La parte más delicada tiene que ver con arrestos administrativos dijo el abogado Jorge Chessal Palau

El Registro Nacional de Detenciones que recién entró en vigor para delitos federales y que, a partir de abril próximo aplicará en delitos del fuero común, podría significar un atentado contra los derechos de una persona, sin embargo, la ley remite a las disposiciones sobre protección de datos personales, para lo que hay una ley.

Así lo consideró el abogado Jorge Chessal Palau quien dijo que aún y cuando se afecta la imagen de la persona detenida en algunos casos, sólo para efectos de casos en que ni siquiera se vincule a proceso, el registro permite la localización de personas que son privadas de su libertad y que, en ocasiones, tardaban hasta días o semanas en ser puestos a disposición de la autoridad judicial.

“Si el que detengan a alguien construye la imagen de culpabilidad, aún y cuando no sea así, la detención puede ser por una supuesta flagrancia que termine en inexistente o, en una orden de detención sólo para efectos de presentar a alguien ante el Juez de Control para escuchar alguna imputación que, finalmente, ni siquiera lo vincule a proceso”, comentó.

El jurista destacó que hay una ley sobre este registro y unos lineamientos de operación publicados en el Diario Oficial de la Federación en noviembre pasado, pero reiteró que aún y cuando se afecta la imagen de alguien, con el registro queda claro que, de inmediato, debe hacerse la anotación y corren los plazos que fueron previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

La parte más delicada es, dijo; "la que tiene que ver con arrestos administrativos, por la percepción que socialmente pueden llegar a generar".

El Registro Nacional de Detenciones que recién entró en vigor para delitos federales y que, a partir de abril próximo aplicará en delitos del fuero común, podría significar un atentado contra los derechos de una persona, sin embargo, la ley remite a las disposiciones sobre protección de datos personales, para lo que hay una ley.

Así lo consideró el abogado Jorge Chessal Palau quien dijo que aún y cuando se afecta la imagen de la persona detenida en algunos casos, sólo para efectos de casos en que ni siquiera se vincule a proceso, el registro permite la localización de personas que son privadas de su libertad y que, en ocasiones, tardaban hasta días o semanas en ser puestos a disposición de la autoridad judicial.

“Si el que detengan a alguien construye la imagen de culpabilidad, aún y cuando no sea así, la detención puede ser por una supuesta flagrancia que termine en inexistente o, en una orden de detención sólo para efectos de presentar a alguien ante el Juez de Control para escuchar alguna imputación que, finalmente, ni siquiera lo vincule a proceso”, comentó.

El jurista destacó que hay una ley sobre este registro y unos lineamientos de operación publicados en el Diario Oficial de la Federación en noviembre pasado, pero reiteró que aún y cuando se afecta la imagen de alguien, con el registro queda claro que, de inmediato, debe hacerse la anotación y corren los plazos que fueron previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

La parte más delicada es, dijo; "la que tiene que ver con arrestos administrativos, por la percepción que socialmente pueden llegar a generar".

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