/ martes 26 de mayo de 2020

Consulta indígena podría frenar reforma electoral

Hay muchas dudas. Legisladores van a consultar qué pasa si no se lleva a cabo esta consulta, ya que es un requisito para que procedan los cambios electorales

Diputados revisaron los avances en la integración de las reformas a la Ley Electoral del Estado, que contienen las iniciativas presentadas por los integrantes de la LXII Legislatura, organismos electorales, y los ciudadanos en las diferentes consultas realizadas en el estado.

La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales diputada Paola Arreola Nieto indicó que se solicitará una reunión con el Presidente de la Directiva, el diputado Martín Juárez Córdova y la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas, diputada Rosa Zúñiga Luna, a fin de revisar el tema de la realización de la consulta indígena, y establecer definiciones y plazos al respecto.

Asimismo aprobaron la iniciativa que expide la nueva Ley de Archivos del Estado de San Luis Potosí, la cual armoniza las disposiciones con la Ley General de Archivos, para salvaguardar el patrimonio documental del estado.

Arreola Nieto, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que esta nueva legislación propone incorporar la creación de un sistema institucional de archivo al interior de los sujetos obligados con nuevas áreas, incluido un archivo histórico; la creación de un Sistema Estatal de Archivos, presidido por un Consejo y que se ocupará de cumplir el objeto de la Ley; para lo cual se fortalece la figura del Archivo General del Estado; se formaliza el proceso de entrega-recepción de archivos; y se incluyen disposiciones coherentes con temas modernos, como el reciclaje y el almacenamiento digital de archivos.

Cuenta con 108 artículos divididos en seis Títulos. El primer Título, que contiene las disposiciones generales; el Titulo Segundo llamado De la gestión documental y administración de archivos, establece obligaciones de los sujetos contemplados por esta Ley; como por ejemplo la creación del Sistema Institucional de Archivos, integrada por áreas de coordinación y operativas, con el fin de salvaguardar y garantizar el acceso a los documentos en su poder, respetando los lineamientos que la Ley y el Consejo del Sistema Estatal de Archivos dispongan.

El Tercer Título se denomina De la valoración y conservación de los archivos que define deberes de los sujetos obligados respecto a la clasificación, valoración y cuidado de los documentos, y para tal fin se contempla la creación de grupos multidisciplinarios al interior de los sujetos obligados.


Diputados revisaron los avances en la integración de las reformas a la Ley Electoral del Estado, que contienen las iniciativas presentadas por los integrantes de la LXII Legislatura, organismos electorales, y los ciudadanos en las diferentes consultas realizadas en el estado.

La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales diputada Paola Arreola Nieto indicó que se solicitará una reunión con el Presidente de la Directiva, el diputado Martín Juárez Córdova y la presidenta de la Comisión de Asuntos Indígenas, diputada Rosa Zúñiga Luna, a fin de revisar el tema de la realización de la consulta indígena, y establecer definiciones y plazos al respecto.

Asimismo aprobaron la iniciativa que expide la nueva Ley de Archivos del Estado de San Luis Potosí, la cual armoniza las disposiciones con la Ley General de Archivos, para salvaguardar el patrimonio documental del estado.

Arreola Nieto, presidenta de esta comisión legislativa, indicó que esta nueva legislación propone incorporar la creación de un sistema institucional de archivo al interior de los sujetos obligados con nuevas áreas, incluido un archivo histórico; la creación de un Sistema Estatal de Archivos, presidido por un Consejo y que se ocupará de cumplir el objeto de la Ley; para lo cual se fortalece la figura del Archivo General del Estado; se formaliza el proceso de entrega-recepción de archivos; y se incluyen disposiciones coherentes con temas modernos, como el reciclaje y el almacenamiento digital de archivos.

Cuenta con 108 artículos divididos en seis Títulos. El primer Título, que contiene las disposiciones generales; el Titulo Segundo llamado De la gestión documental y administración de archivos, establece obligaciones de los sujetos contemplados por esta Ley; como por ejemplo la creación del Sistema Institucional de Archivos, integrada por áreas de coordinación y operativas, con el fin de salvaguardar y garantizar el acceso a los documentos en su poder, respetando los lineamientos que la Ley y el Consejo del Sistema Estatal de Archivos dispongan.

El Tercer Título se denomina De la valoración y conservación de los archivos que define deberes de los sujetos obligados respecto a la clasificación, valoración y cuidado de los documentos, y para tal fin se contempla la creación de grupos multidisciplinarios al interior de los sujetos obligados.


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