/ martes 6 de octubre de 2020

Avances en la Ley Electoral quedarán sin efecto

Sanción a la violencia política, boletas Braille, casillas especiales para discapacitados y otros avances no se aplicarán en esta elección

La Ley Electoral aprobada el 30 de Junio pasado para los comicios de 2021 y que fue anulada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación incluía los conceptos y procesos de aplicación en relación a paridad, lenguaje incluyente y violencia política de género, para garantizar los derechos humanos de las ciudadanas y ciudadanos dentro de los procesos y fuera de ellos.

Establecía la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género y el proceso sancionador especial, en el marco de un enfoque adicional de protección en el ámbito de candidaturas, servidores públicos y en general de cualquier actor político que vea impedida su libertad de actuación a cuestiones que van orientados a interés de otros, con alcance en la limitación de su actuación e inclusive en la incidencia más allá de lo estrictamente laboral y que repercutan en lo personal, en la persecución de fines políticos específicos y que vulneran el derecho de los intervinientes en la vida pública del estado.

En materia de discapacidad, se dispondría el uso de plantillas en Braille, para las boletas electorales, y con etiquetas en el mismo sistema para identificar las urnas, para personas con discapacidad visual; además de disponer de mamparas especiales movibles a una altura considerable, para facilidad de las personas en sillas de ruedas, y personas de talla baja.

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, debería elaborar lineamientos con acciones afirmativas en favor de los grupos y comunidades indígenas en la entidad, así como de las personas discapacitadas, ello derivado de la imposibilidad de llevarse a cabo las consultas correspondientes debido a la contingencia sanitaria provocada por la enfermedad denominada COVID-19.

Se mantuvo el término de alianza partidaria, en la cual dos o más partidos podrán presentar candidaturas en alianza sin mediar coalición; y para asignación de una curul de representación proporcional a los partidos que hayan obtenido el 3.0 por ciento de la votación válida emitida.

Establecía fechas y plazos para registro, realización de precampañas y campañas electorales, y el desarrollo de los trabajos por parte de los organismos electorales para el desarrollo y resultados de la jornada electoral.

El Congreso del Estado instauró la Comisión Especial para la Reforma Político-Electoral y llevó a cabo cinco foros de consulta con la participación y organización de los entes administrativos, deliberativos y jurisdiccionales que se encuentran inmersos en los procesos electorales; dichos foros se llevaron a cabo en los meses de enero y febrero de este año.

La Ley Electoral aprobada el 30 de Junio pasado para los comicios de 2021 y que fue anulada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación incluía los conceptos y procesos de aplicación en relación a paridad, lenguaje incluyente y violencia política de género, para garantizar los derechos humanos de las ciudadanas y ciudadanos dentro de los procesos y fuera de ellos.

Establecía la Violencia Política contra las Mujeres en razón de Género y el proceso sancionador especial, en el marco de un enfoque adicional de protección en el ámbito de candidaturas, servidores públicos y en general de cualquier actor político que vea impedida su libertad de actuación a cuestiones que van orientados a interés de otros, con alcance en la limitación de su actuación e inclusive en la incidencia más allá de lo estrictamente laboral y que repercutan en lo personal, en la persecución de fines políticos específicos y que vulneran el derecho de los intervinientes en la vida pública del estado.

En materia de discapacidad, se dispondría el uso de plantillas en Braille, para las boletas electorales, y con etiquetas en el mismo sistema para identificar las urnas, para personas con discapacidad visual; además de disponer de mamparas especiales movibles a una altura considerable, para facilidad de las personas en sillas de ruedas, y personas de talla baja.

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana, debería elaborar lineamientos con acciones afirmativas en favor de los grupos y comunidades indígenas en la entidad, así como de las personas discapacitadas, ello derivado de la imposibilidad de llevarse a cabo las consultas correspondientes debido a la contingencia sanitaria provocada por la enfermedad denominada COVID-19.

Se mantuvo el término de alianza partidaria, en la cual dos o más partidos podrán presentar candidaturas en alianza sin mediar coalición; y para asignación de una curul de representación proporcional a los partidos que hayan obtenido el 3.0 por ciento de la votación válida emitida.

Establecía fechas y plazos para registro, realización de precampañas y campañas electorales, y el desarrollo de los trabajos por parte de los organismos electorales para el desarrollo y resultados de la jornada electoral.

El Congreso del Estado instauró la Comisión Especial para la Reforma Político-Electoral y llevó a cabo cinco foros de consulta con la participación y organización de los entes administrativos, deliberativos y jurisdiccionales que se encuentran inmersos en los procesos electorales; dichos foros se llevaron a cabo en los meses de enero y febrero de este año.

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