/ martes 11 de febrero de 2020

Amparo de comuneros no impide ni suspende consulta pública

Se continúa con el proceso de consulta. No existen actos que deriven en despojo o zonificación de los terrenos comunales

Los actos reclamados por los comuneros de San Juan de Guadalupe no constituyen actos que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano y por lo tanto, tampoco limitan ni impiden la consulta pública relacionada con el Programa de Ordenamiento Territorial ni sobre el Plan de Centro de Población que realiza el Ayuntamiento.

En un comunicado, autoridades municipales señalaron que el amparo otorgado por las autoridades judiciales no afecta la consulta, que sigue abierta a todos los ciudadanos y sectores de la sociedad a ejercer su derecho presentando sus propuestas, las cuales deberán ser escuchadas y atendidas oportunamente.

Asimismo, se hace notar que no existen actos del Ayuntamiento, ni del Instituto Municipal de Planeación -IMPLAN-, que puedan trascender en el despojo, privación, sustracción, arbitraria disposición y zonificación de las tierras de uso común en la superficie comunal.

Por lo anterior, es posible concluir que los programas sujetos a consulta pública y a adecuarse como resultado de ese procedimiento participativo, no constituyen actos definitivos que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano.

Se aclara entonces, que se continúa con el proceso de consulta pública, la cual ha registrado una importante participación de los diversos sectores.

Lo que es fundamental aclarar a la sociedad, es que el Ayuntamiento, a través del Instituto Municipal de Planeación, ha emitido y publicado los proyectos del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, de fecha 23 de diciembre de 2019 y del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de San Luis Potosí de 30 de diciembre de 2019, los cuales seguirán sujetos a consulta pública.

Los actos reclamados por los comuneros de San Juan de Guadalupe no constituyen actos que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano y por lo tanto, tampoco limitan ni impiden la consulta pública relacionada con el Programa de Ordenamiento Territorial ni sobre el Plan de Centro de Población que realiza el Ayuntamiento.

En un comunicado, autoridades municipales señalaron que el amparo otorgado por las autoridades judiciales no afecta la consulta, que sigue abierta a todos los ciudadanos y sectores de la sociedad a ejercer su derecho presentando sus propuestas, las cuales deberán ser escuchadas y atendidas oportunamente.

Asimismo, se hace notar que no existen actos del Ayuntamiento, ni del Instituto Municipal de Planeación -IMPLAN-, que puedan trascender en el despojo, privación, sustracción, arbitraria disposición y zonificación de las tierras de uso común en la superficie comunal.

Por lo anterior, es posible concluir que los programas sujetos a consulta pública y a adecuarse como resultado de ese procedimiento participativo, no constituyen actos definitivos que afecten los derechos de propiedad de ningún ciudadano.

Se aclara entonces, que se continúa con el proceso de consulta pública, la cual ha registrado una importante participación de los diversos sectores.

Lo que es fundamental aclarar a la sociedad, es que el Ayuntamiento, a través del Instituto Municipal de Planeación, ha emitido y publicado los proyectos del Programa Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano de San Luis Potosí, de fecha 23 de diciembre de 2019 y del Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de San Luis Potosí de 30 de diciembre de 2019, los cuales seguirán sujetos a consulta pública.

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